¿Cómo y cuándo votar en las elecciones de Madrid si vives en el extranjero?
Las elecciones autonómicas de Madrid cada vez están más cerca y muchos ciudadanos no quieren quedarse sin votar, aunque vivan en el extranjero. Conoce los pasos para enviar tu voto a España.
19 abril, 2023 12:44Las elecciones municipales del 28 de mayo, que van a tener lugar en toda España, ya se encuentran a la vuelta de la esquina. Y es entonces, cuando muchos madrileños se empiezan a preguntar cómo y cuándo tienen que enviar su voto, si por ejemplo viven en el extranjero o en otra comunidad autónoma.
Sin embargo, en el caso de aquellos ciudadanos de Madrid que se encuentran en el extranjero, el plazo de los trámites para enviar su voto está mucho más cerca. Por lo que si quieres poder votar desde fuera de España, a continuación, te contamos todo lo que tienes que saber, con respecto a los plazos y a cómo realizar este trámite.
Sin duda, las personas que se encuentran en el extranjero y están empadronadas en Madrid deben de estar muy pendientes durante esta semana para enviar su voto por correo. Ya que, el plazo para solicitar el voto va a comenzar en breves, y tan solo dura una semana. Mientras que los ciudadanos que van a emitir el voto desde otra comunidad autónoma diferente a la que están empadronados, cuenta con más plazo para solicitar y enviar toda la documentación.
Trámites previos a enviar el voto por correo desde el extranjero
El proceso para enviar el voto por correo de las personas que están empadronadas en Madrid, pero que viven en el extranjero empieza muy pronto, en concreto, este finde semana se abre el plazo para aquellos ciudadanos que viven en el extranjero de forma permanente.
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En concreto, del 22 al 28 de abril, se abre el plazo para recibir la documentación de la Oficina del Censo Electoral por correo certificado. Un paso muy importante, porque si no después no se podrá enviar el voto por correo. Aunque, para recibir esta documentación hay que hacer antes un paso previo, que os contaremos más adelante.
Así, los madrileños que viven fuera de España y que no van a poder acudir a Madrid el día de las elecciones municipales, que se ha fijado en el 28 de mayo, deberán solicitar y enviar su voto por correo desde el país en el que se encuentran. Aunque, también existen otras opciones que vamos a conocer más adelante.
Por tanto, para poder enviar el voto por correo, si se vive de forma permanente en el extranjero, hay que realizar el trámite anterior a tiempo. No obstante, otro de los requisitos previos para poder enviar el voto por correo desde otro país es estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de lectores residentes ausentes (CERA). Y cuando te inscribes en este censo de los electores residentes-ausentes (CERA), que viven en el extranjero, recibes toda la documentación para enviar el voto.
Entre estos documentos se encuentran: el sobre de votación, dos certificados que acreditan estar inscrito en el censo de electores residentes ausentes que viven en el extranjero, la relación de centros habilitados para el depósito de voto y una hoja informativa sobre cómo ejercer el derecho de voto.
¿Cuándo enviar mi voto desde el extranjero?
El envío de la documentación por la Oficina del Censo Electoral deberá realizarse por correo certificado a partir del día 22 y hasta el 28 de abril.
De esta forma, se debe de estar inscritos en el Registro de Matrícula Consular y en el censo de lectores residentes ausentes (CERA), antes de estas fechas para recibir la documentación anterior.
Las papeletas oficiales llegarán a partir del 3 de mayo y no más tarde del 7 de mayo, pero si ha sido impugnada la proclamación de alguna candidatura, no llegará más tarde del 13 de mayo.
Asimismo, si no se puede enviar el voto por correo, existe la opción de depositar personalmente el voto en las urnas dispuestas para ello, que se encuentran en la Embajada o el Consulado, entre el 20 y el 25 de mayo.
Pasos para enviar el voto por correo desde otro país
Lo primero es incluir en el sobre toda la documentación que se solicita. En este caso, se trata de uno de los certificados de inscripción en el censo y una fotocopia del pasaporte o del DNI, expedidos en España.
Después existen dos opciones:
- Depositar el voto personalmente en las urnas que se encuentran habilitadas para ello en el Consulado o en la Embajada. La fecha para este procedimiento es entre el 20 y el 25 de mayo, ambos incluidos.
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Enviar el voto por correo certificado, sólo hasta el 23 de mayo.
Si se opta por enviar el voto por correo al Consulado o Embajada, habrá que incluir el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, que incluye en su interior el sobre con la papeleta, el certificado de inscripción en el censo y la fotocopia del DNI o pasaporte.
Además, el sobre dirigido al Consulado o a la Embajada también debe incluir el otro certificado de inscripción en el censo.
¿Cómo enviar el voto si me encuentro de vacaciones?
Si vives en el extranjero y estás inscrito en el censo de los electores residentes-ausentes (CERA), y te encuentras temporalmente en España o en otro país de vacaciones, también se puede hacer este trámite. Así, durante la convocatoria del proceso electoral, puedes solicitar (al igual que los residentes en España) el voto por correo desde el 4 de abril hasta el día 18 de mayo.