Digo verde no porque esté positivo, sino porque a partir del mes de octubre entra en vigor las directrices de ESMA que establecen las nuevas reglas del juego en materia de sostenibilidad. Esto que llamamos Green Mifid es una nueva versión de las preguntas de sostenibilidad que recogen de manera más explícita las preferencias de sostenibilidad de un cliente a la hora de invertir. Aunque la mayor parte de los cambios afectan sobre todo a la relación que podemos tener con un cliente en materia de asesoramiento, en realidad todo va a cambiar.
A la vuelta del verano además de preocuparnos de cómo está la economía, de si va a haber recesión o no, de la inflación, de que han hablado los banqueros centrales en Jackson Hole, o si de los resultados empresariales están afectando a la economía, tendremos que ocuparnos y mucho de la “verdosidad” de los portfolios de nuestros clientes.
Hasta ahora la normativa vigente desde agosto del 2022 básicamente obliga a las entidades cuando se prestan servicios de gestión discrecional de carteras o asesoramiento a tener en cuenta las preferencias de sostenibilidad expresadas a través de un nuevo test al que todos los clientes de servicios financieros vamos a tener que cumplimentar.
El primero de los cambios es para, precisamente, los que nos dedicamos a la confección de productos y servicios financieros. Porque mientras que cuentas corrientes, depósitos, bonos y letras del Tesoro no se ven afectados porque no tienen categorización de sostenibilidad, todo lo que sean Fondos de Inversión, ETF’s, Fondos de inversión Libres, Planes de Pensiones, Notas Estructuradas, Seguros y por su puesto Gestión Discrecional de carteras tienen que cumplir criterios de sostenibilidad en materia de Inversión sostenible, Taxonomía ambiental e Incidencias adversas.
Cuando hablamos de Inversión sostenible, la normativa se refiere a qué parte de las inversiones que realizamos están destinadas a actividades económicas que contribuyan a un objetivo medioambiental o social. Objetivos que deben ser tangibles y, por tanto, medibles como por ejemplo empresas de energías alternativas, que aboguen por la paridad en sus consejos de administración o que no tengan sus centros de producción en países que no respeten los derechos humanos, por ejemplo.
La normativa se refiere a qué parte de las inversiones están destinadas a actividades que contribuyan a un objetivo medioambiental
La taxonomía ambiental tampoco es nada etéreo y hace referencia a que nuestras inversiones contribuyan sustancialmente a alguno de los 6 objetivos medioambientales: Mitigación y adaptación al cambio climático, transición a una economía circular, reducción de contaminación y protección de los recursos hídricos y marinos, la biodiversidad y los ecosistemas. Ejemplo son empresas de energía solar o las que desarrollen tecnologías que contribuyan a la reducción de emisiones de gases.
Las incidencias adversas (PIA’s para los amigos) son cualquier impacto negativo que puedan producir las empresas en las que invertimos sobre los factores ambientales, sociales o de gobernanza. Incidencias que están obligadas a declarar y que nos permiten detectar si hay efectos negativos sobre nuestras inversiones y poder aplicar medidas que nos mitiguen el impacto.
Todo suena bastante lioso, la verdad, y lo es porque conlleva poner la sostenibilidad al mismo nivel que el nivel de riesgo si hablamos por ejemplo de la exposición a renta variable como una medida del riesgo que estamos asumiendo en las inversiones.
La taxonomía ambiental hace referencia a que nuestras inversiones contribuyan a alguno de los 6 objetivos medioambientales
Dicho esto, la próxima vez que se siente con su asesor o banquero, tenga por seguro que además de preguntarle por el verano lo hará por lo verde que es ud (si me permiten la expresión) a la hora de invertir… y eso determinará los productos que podrá tener en su cartera.
Las preguntas básicamente se van a centrar en si quiere o no productos financieros que consideren aspectos relacionados con la sostenibilidad, en qué proporción y qué tipo de inversiones sostenibles le interesan. Y como la ley no establece qué se considera una inversión sostenible, es decir, ni a partir de qué nivel una inversión pasa a ser “verde” o cómo de intenso es el “verdor”, nos podremos encontrar criterios similares pero distintos en el mercado. Eso no debe preocuparnos porque con MiFID tenemos algo parecido cuando en una entidad se denomina “cliente Moderado” al que puede tener hasta un 40% en bolsa y en la entidad de enfrente “Moderado” se aplica para los clientes que por ejemplo tienen hasta un 30%.
Lo que me preocupa es que la cantidad de productos verdaderamente verdes aun es limitada en la industria, sobre todo si atendemos al criterio de sostenibilidad que es el más determinante. La proporción de sostenibilidad “real” de la mayor parte de los fondos es relativamente baja especialmente porque la información tiene que venir de las propias compañías y no todas se han puesto las pilas. Con el tiempo esta realidad revertirá y todo será más sostenible, pero si a la vuelta del verano tienen que rellenar cuestionarios… yo preguntaría primero cómo de verdes son sus inversiones actuales y reflexionen sobre lo que quieren.
*** Alvaro Galiñanes es director de inversiones en Santander Private Banking Gestión.