Entrega de las llaves de una casa.

Entrega de las llaves de una casa.

Observatorio de la vivienda

¿Qué pasa si alquilo un piso que he comprado como vivienda habitual en España? Esto es lo que dice la ley

Publicada

Comprar una vivienda en España es cada vez más complicado por la falta de oferta, pero también por los altos precios. Sin embargo para aquellas personas que planeen comprar una casa o piso para establecerlo como vivienda habitual y como aquella vivienda en la que la persona reside durante la mayor parte del año, existen ciertas ventajas y beneficios fiscales en España.

Ventajas fiscales como la deducción por vivienda habitual, la cual es un incentivo fiscal que permite desgravar en la declaración de la renta una parte del dinero invertido en la compra de la vivienda, junto con gastos relacionados. Un beneficio al que se suman las deducciones adicionales que se pueden encontrar en las diferentes comunidades españolas.

Estas y otras ventajas, como también más facilidades a la hora de firmar la hipoteca, que hacen aún más interesante esa compra de la vivienda habitual. Pero ¿qué sucede si después de comprarla queremos alquilarla?, ¿es esto legal?. Lo cierto es que sí se trata de un supuesto legal, pero alquilarla antes de tiempo sí puede suponer que perdamos algunos de esos beneficios fiscales.

Como bien se detalla en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (Hacienda), para que un inmueble se considere vivienda habitual debe ser la residencia del comprador durante al menos 3 años y habitarse de forma efectiva y permanente en un plazo de 12 meses desde su compra.

Al adquirir una vivienda y establecerla legalmente como vivienda habitual, aunque la ley no indica ninguna prohibición de forma expresa sobre si se puede o no alquilar antes de los 3 años, en el caso de que como compradores ya hayamos obtenido beneficios fiscales por ello, estos se perderán como explican desde el portal inmobiliario de Fotocasa.

Qué se considera vivienda habitual

La Agencia Tributaria define una vivienda habitual como aquella donde se reside de manera continuada y en la que se pasa la mayor parte del año. Además, establece que debe haberse habitado durante esos últimos tres años o, al menos, durante un periodo de 12 meses consecutivos después de haberla comprado o reformado.

Para confirmar que una vivienda cumple con estas condiciones, la Agencia Tributaria evalúa diversos factores como el empadronamiento, la dirección fiscal y el consumo de suministros, contrastando además otros datos relevantes tanto públicos como privados. Este proceso busca garantizar que no se produzcan irregularidades fiscales ni intentos de eludir ciertas obligaciones tributarias.

Es importante destacar que, si en algún momento nuestra vivienda habitual deja de serlo, debemos notificarlo a la Agencia Tributaria para evitar posibles inspecciones y sanciones. La falta de comunicación sobre este cambio puede derivar en penalizaciones.

Qué pasa si se alquila antes de esos tres años

En el caso de que la propiedad se alquile antes de haber transcurrido tres años desde su compra, los propietarios podrían perder los beneficios fiscales asociados a esta categoría.

Uno de los beneficios más comunes es la bonificación en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en algunas comunidades autónomas se aplica a menores de 40, 35 o incluso 32 años al adquirir una vivienda habitual. Si la vivienda termina siendo alquilada antes del periodo requerido por la Agencia Tributaria, estas bonificaciones se perderían y Hacienda podría exigir la devolución de los importes correspondientes.

Otro beneficio afectado sería el relacionado con las exenciones en el IRPF. Las viviendas consideradas habituales cuentan con ciertas ventajas fiscales en la declaración de la Renta. Sin embargo, al cambiar el uso del inmueble y dejar de ser residencia habitual, estos derechos desaparecerían y podrían reclamarse las cantidades que corresponda regularizar.

En el caso de las Viviendas de Protección Oficial (VPO), alquilarlas sin autorización podría acarrear sanciones. No obstante, existe la posibilidad de evitar penalizaciones si se solicita previamente a la administración una autorización que justifique el alquiler, como un cambio de residencia por motivos laborales.

Por último, si la vivienda está hipotecada, el alquiler puede ser una opción, pero es importante revisar detenidamente las condiciones del contrato de hipoteca. Algunas entidades bancarias podrían incluir cláusulas que limiten esta posibilidad. Por eso, los expertos recomiendan analizar cada caso con detenimiento antes de tomar una decisión que afecte tanto a la situación fiscal como a las obligaciones financieras.