Victoria amarga para Ribera Salud en el Supremo. El alto tribunal ha dado la razón a la empresa, y establece que, en adelante, serán siempre necesarios detallados informes económicos (de acuerdo con la Ley de Estabilidad Presupuestaria, más conocida como 'Ley Montoro') que justifiquen el fin de las concesiones públicas. Sin embargo, el TS avala la ya realizada en el Hospital de Alzira, mediante la que el Gobierno valenciano prescindió de la mercantil en 2018. Considera suficientes los que se hicieron entonces, sin esta nueva jurisprudencia.
Así lo comunicó este mismo jueves la propia compañía. "El Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto por Ribera contra la sentencia dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 15 de octubre de 2019, que queda anulada", subrayó.
"El Tribunal Supremo establece así un antes y un después en los procesos de reversión de las administraciones públicas en España", agregó la mercantil. "A partir de ahora, se ha definido la doctrina que obligará a todas las administraciones públicas a justificar las repercusiones y efectos financieros y presupuestarios derivados de la decisión de revertir una concesión", destacó.
Según Ribera Salud, "esta sentencia, sin precedentes, supone una gran garantía de la estabilidad presupuestaria y control del gasto público, ya que impide decisiones administrativas basadas en criterios arbitrarios e ideológicos cuyos efectos económicos negativos deban pagar los ciudadanos".
"A la vez, supone también una garantía del principio de transparencia en la medida en que los ciudadanos conocerán previamente a su adopción, las consecuencias económicas que van a tener las decisiones de sus gobernantes", recalcó.
En la misma línea, la Alianza de la Sanidad Privada Española (ASPE), patronal que representa al 80% del sector, consideró a través de un comunicado que la sentencia del Supremo "supone ante todo una garantía contra las decisiones arbitrarias o no suficientemente justificadas de las administraciones públicas en los procesos de reversión de servicios e infraestructuras públicas gestionadas bajo concesión a entes privados".
"ASPE exige, a partir de esta sentencia del Supremo que dicta jurisprudencia, que las administraciones públicas sanitarias velen por la eficiencia del servicio al ciudadano, evitando en todo momento que este se vea condicionado por decisiones puramente de carácter ideológico en contra de la calidad asistencial y el buen funcionamiento de los servicios en concesión", manifestó la entidad.
Torrevieja, en vilo
A juicio de la compañía, "esta nueva doctrina afecta de pleno al proceso de reversión de Torrevieja, porque pone de manifiesto que el modelo de reversión iniciado por la Generalitat se ha hecho de forma improvisada y sin consenso, y ahora además, según el Tribunal Supremo, de manera ilegal, ya que en este caso tampoco se han justificado las repercusiones y efectos financieros y presupuestarios de la decisión".
"Ante esta nueva realidad, desde Ribera valoramos positivamente este punto de inflexión que supone la necesidad de justificar las reversiones por encima de las decisiones políticas y arbitrarias. De la misma manera, seguimos manteniendo nuestra voluntad de diálogo y consenso con la Generalitat para priorizar la salud de los ciudadanos y la atención a nuestros pacientes frente al dogmatismo ideológico", agregaron.
En el caso del hospital de Alzira, a pesar de que el Supremo no ha anulado la "no prórroga" del contrato de concesión, porque "no se puede descartar que no se hubiera hecho una valoración de dichas repercusiones", dos de los magistrados del Tribunal Supremo han manifestado un voto particular en contra de esta decisión.
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