La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado la existencia de tres cárteles entre empresas del sector ferroviario que durante años se repartieron de manera ilícita los concursos convocados por Adif para la construcción y mantenimiento de los sistema de electrificación y electromecánica de los trenes convencionales y de alta velocidad.
En marzo de 2019, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso sanciones por estos hechos por un total de 118 millones a un total de quince empresas, de las cuales la Audiencia ha confirmado cinco, entre ellas la de 16,8 millones a Siemens y de 8,8 millones a Alstom.
Para el resto de las compañías, la sección sexta de lo contencioso ha estimado de forma total o parcial sus recursos, en algunos casos por falta de pruebas del concierto entre ellas para formar un cártel y en la mayoría al entender que determinados periodos estaban prescritos.
La CNMC también impuso multas a 14 directivos por su implicación en las prácticas irregulares, si bien la Audiencia las ha anulado al entender que no se han concretado de forma individualizada la cuantía de las multas y, en algún caso, por no haber acreditado la CNMC su participación en los hechos.
La sala considera que los contactos entre las empresas competidoras implicaban la existencia de un plan común de actuación que permite su integración en las infracciones únicas y continuadas que la resolución de la CNMC les imputó.
Según el tribunal, esas conductas respondían "a un plan preconcebido y a un patrón común de comportamiento que se repite en las diferentes licitaciones públicas analizadas para mantener así las posiciones de las empresas en el mercado".
Éstas, además, "presentaban un vínculo de complementariedad que contribuían a la realización de un objetivo conjunto con efectos contrarios a la competencia buscados por sus autoridades de en el marco de un plan global del que todos los participantes tenían conocimiento (demostrado o presunto)", añaden.
“Comportamientos ilícitos”
Los jueces se basan en los cuadros de reparto entre las partes, los correos electrónicos en ejecución de los acuerdos de reparto, las reuniones entre las empresas, así como la información aportada por los 'clementes' y las pruebas relativas a la configuración de cuadros y ficheros con información sobre concretos contratos adjudicados, empresas adjudicatarias, importes adjudicados a cada empresa y porcentajes de adjudicación global en el contexto de los acuerdos entre esas empresas que acreditarían, según la sala, los comportamientos ilícitos.
Para el Tribunal, la propia configuración de las conductas permite suponer, "sin margen de duda", que se han producido efectos nocivos en el mercado, por cuanto que los acuerdos adoptados sí tuvieron efectos en el mercado, ya que los acuerdos de reparto de licitaciones tuvieron como resultado eliminar la incertidumbre entre las empresas imputadas a la hora de establecer su estrategia comercial, permitiendo a dichas empresas adaptar su comportamiento comercial, con el consiguiente perjuicio para Adif, que convocó la mayor parte de estas licitaciones.
La sentencia añade que los acuerdos de reparto de mercado analizados no solo tuvieron el objeto de restringir o falsear la competencia, sino que también tenían aptitud para ello, reduciendo la independencia en la toma de decisiones de las empresas participantes al determinar aspectos estratégicos y tácticos de su política corporativa.
"Esta conclusión no resulta desvirtuada por el hecho de que alguna de las adjudicaciones finalmente no tuviera lugar como consecuencia del desistimiento de Adif, o por la circunstancia de que el órgano adjudicador optara por la oferta presentada por una empresa ajena al cártel. En cualquier caso, los acuerdos adoptados se aplicaron, realizándose un seguimiento continuo de ellos mismos por parte de las empresas participantes", argumenta.
Por el momento, la Audiencia ha resuelto 24 recursos, la mitad de empresas y la otra mitad de directivos que resultaron sancionados por la CNMC.