La CNMV no publicará los resultados del análisis sobre BBVA por posible vulneración de la ley de opas
La única excepción sería que terminara en sanción para el banco.
11 mayo, 2024 02:44La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ya analiza si BBVA ha infringido, o no, la ley de opas, después de que este jueves Sabadell acusara de ello a la entidad azul. El supervisor del mercado español no comunicará su veredicto salvo que termine en sanción.
Exactamente, Sabadell acusó a BBVA, a las 22.25 horas del jueves y ante la institución que preside Rodrigo Buenaventura, de vulnerar la mencionada ley al introducir datos "incompletos" que pueden afectar al mercado tras lanzar la opa hostil.
Sabadell argumenta que BBVA publicó una presentación en inglés sobre la operación así como una nota de prensa, además de haber ofrecido una rueda de prensa y una comparecencia con analistas en las que se dieron detalles que no se habían facilitado ni a la propia entidad de origen catalán ni al mercado.
En su escrito, Sabadell considera que la documentación referida y la información proporcionada vulneran "el artículo 32.1 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores y, en general, introducen datos incompletos que pueden afectar al mercado".
El artículo a que Sabadell hace referencia señala que “desde el anuncio público de una opa [...] y hasta la presentación de la oferta [...], el oferente, los miembros de sus órganos de administración y dirección, sus accionistas de control, sus asesores, las personas con las que actue concertadamente y las demás que intervengan en la operación se abstendrán de difundir o publicar por cualquier medio cualquier dato o información que no conste en el anuncio previo de la oferta”.
La clave del conflicto residiría en las declaraciones que, tanto durante el encuentro con analistas como en la rueda de prensa, hizo el presidente de BBVA, Carlos Torres. Afirmó que el banco se decantó por lanzar una opa sobre Sabadell tras constatar el interés de varios accionistas del banco de origen catalán, "alguno relevante", en el proyecto de fusión.
"Algunos accionistas nos han hecho llegar su interés en que se materializara la oferta tal y como se la planteamos al consejo de administración de Sabadell", subrayó.
En cualquier caso, tras el escrito de Sabadell, la CNMV analiza lo ocurrido. La cuestión podría terminar en nada o podría resultar en un expediente sancionador. Entremedias de ambos extremos, el supervisor también podría solicitar más información a BBVA.
La CNMV no informará de sus conclusiones salvo que, tras el análisis, impusiera una sanción a BBVA. En ese caso sería publicada, a su cierre, en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En líneas generales, no suele ser habitual que la institución presidida por Rodrigo Buenaventura informe del desenlace de sus análisis, menos en contadas ocasiones, como sucedió con Grifols y el informe de Gotham City Research.
El supervisor tampoco suele comunicar las aperturas de expedientes, salvo algunas excepciones. Algunas de esas excepciones son el expediente contra Banco Popular, por dar información no veraz sobre la remuneración a sus consejeros, y el abierto contra Telepizza, por ocular las razones de la dimisión de Marcos de Quinto.
Ley de opas
En cualquier caso, fuentes del mercado consultadas por este periódico consideran que la actuación llevada a cabo por BBVA es la práctica habitual en una opa, en la que la compañía ofertante intenta convencer a los accionistas de la empresa que quiere comprar de que vendan sus acciones.
La normativa a la que alude Sabadell entró en vigor en agosto de 2007 como resultado de la transposición al ordenamiento español de la Directiva 2004/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a las ofertas públicas de adquisición, es decir, a las opas.
Los parámetros fundamentales de la normativa aparecen reflejados en la reforma de la Ley del Mercado de Valores operada mediante la Ley 6/2007 -la conocida como ley de opas- y en la promulgación del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio -el que cita directamente la entidad- sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.
La normativa se aprobó con el objetivo de incrementar la protección a los accionistas minoritarios, así como para mejorar la defensa de las compañías españolas ante opas extranjeras. Cabe recordar que vio la luz poco después de que Gas Natural, E.ON y Enel, junto a Acciona, protagonizaran una guerra de opas para hacerse con Endesa.
Entre otras cuestiones, la norma obliga a lanzar una opa por el 100% de una compañía cuando alguno de sus accionistas haya nombrado a la mitad de los consejeros, así como a todo aquel que supere el 30% de los derechos de voto de una empresa.