Christine Lagarde, presidenta del BCE, este jueves durante una conferencia.

Christine Lagarde, presidenta del BCE, este jueves durante una conferencia. Toms Kalnins Efe Riga (Letonia)

Banca

El BCE enmienda a Hacienda: su impuesto daña la solvencia bancaria y frena el crédito

El supervisor duda de que la CNMC sea capaz de diferenciar si la banca está trasladando el coste del impuesto al precio de los créditos o no.

4 noviembre, 2022 03:05

La opinión del Banco Central Europeo (BCE) sobre el nuevo impuesto a la banca, que se tramita actualmente en el Congreso, ya es pública. El supervisor bancario ha emitido un duro y detallado dictamen en el que advierte sobre los efectos negativos que el tributo, tal cual está diseñado, podría tener sobre el sector bancario, como daños en la rentabilidad, la competencia, la solvencia y la concesión de crédito, al tiempo que alerta sobre los riesgos de no trasladar el coste del impuesto a los clientes. E, incluso, sugiere cambios en la redacción para clarificar algunos aspectos.

En este dictamen, el supervisor bancario de la zona euro lanza varias advertencias sobre puntos de la redacción del tributo que deberían corregirse si se quiere evitar poner en jaque la solvencia del sector, así como perjudicarle a través de otros efectos negativos.

Una opinión no vinculante cuya llegada esperaba con ganas el sector financiero. Pero no era el único. También lo hacía el propio Gobierno y los grupos parlamentarios, que aún están en plazo para presentar enmiendas parciales a la proposición de ley de creación de este tributo, para lo cual tienen de plazo hasta el próximo jueves.

Frenazo al crédito

Una de las cuestiones que más ha criticado el sector bancario desde que conoció la creación de este nuevo tributo es que podría derivar en un frenazo al crédito. Y el BCE lanza en su dictamen la misma alerta. La autoridad que preside Christine Lagarde considera que las subidas de los tipos de interés, si bien aumentarán los ingresos netos por intereses de los bancos, también pueden tener un efecto negativo sobre su rentabilidad.

No en vano, al endurecerse las condiciones de financiación podría disminuir la demanda de préstamos por parte de las familias en un contexto en el que la banca tendría que asumir, además, mayores provisiones para protegerse frente a futuros impagos por el frenazo económico. Dos elementos que reducirían la rentabilidad del sector bancario.

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"Por lo tanto, el efecto neto de la normalización de la política monetaria sobre la rentabilidad de las entidades de crédito podría ser posiblemente menos positivo, o incluso negativo, en un horizonte temporal prolongado", apunta el BCE. Y añade que "la consideración de una entidad de crédito afectada como obligada al pago del gravamen temporal mientras registre pérdidas netas distorsionaría significativamente y perjudicaría aún más la resiliencia de un banco deficitario".

De hecho, dice que, "dado que la determinación de los destinatarios del gravamen temporal atiende a los ingresos totales por intereses y comisiones correspondientes a 2019, es posible que estas entidades registren unos beneficios bajos o pérdidas en el momento en que se recaude de forma efectiva el gravamen".

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La rentabilidad y la solvencia del sector financiero son claves para que el crédito fluya hacia las familias y las empresas, como considera el BCE. Mientras que sobre la segunda no hay dudas, respecto a la primera la banca y el mercado consideran que el sector está aún lejos de su nivel óptimo.

En opinión de la institución, "una posición de capital adecuada ayuda a las entidades de crédito a evitar ajustes bruscos en su concesión de crédito a la economía real" y "si la capacidad de las entidades de crédito para alcanzar posiciones de capital adecuadas se ve perjudicada, esto podría poner en peligro una transmisión fluida de las medidas de política monetaria a la economía en general a través de los bancos". Es decir, la llegada del crédito a los clientes.

Desde el Ministerio de Asuntos Económicos rechazan que el tributo, al ser temporal, vaya a tener un "impacto significativo" y consecuencias de este calibre. La vicepresidenta Nadia Calviño ha reiterado este viernes que el Gobierno ya tuvo en cuenta los potenciales efectos sobre la solvencia de las entidades cuando se presentó la proposición de ley.

"El sector bancario se encuentra en una posición muy sólida en términos de solvencia y en el análisis previo que hemos realizado no prevemos que tenga un impacto significativo tanto por su naturaleza temporal como por la calibración y diseño del mismo", añaden estas fuentes.

Distorsión de la competencia

Otro de los efectos negativos que destaca el BCE en su opinión no vinculante es que este impuesto distorsionaría la competencia entre las entidades, dado que no afectaría a todas, sino solamente a las que en 2019 superaron los 800 millones de euros en ingresos por intereses y comisiones.

Este requisito deja fuera a las sucursales españolas de muchos bancos extranjeros, a los pequeños y a entidades como ING. Es por eso que los grandes bancos han lamentado en numerosas ocasiones esta particularidad del impuesto y ahora el BCE lanza una alerta similar.

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"La aplicación del gravamen únicamente a determinadas entidades de crédito españolas podría falsear la competencia en el mercado y perjudicar la igualdad de condiciones tanto dentro del país como en toda la Unión Bancaria", lamenta el BCE.

Tras conocer esta opinión, fuentes del Ministerio de Asuntos Económicos trasladan que entienden que "el horizonte temporal minimiza cualquier efecto distorsionador" en cuestiones de competencia.

Mayor coste para el cliente

En la redacción del nuevo tributo, el Gobierno quería evitar que la banca pudiera repercutir a los clientes su coste. En otras palabras, buscaba obligar a las entidades a que asumieran el impuesto con su propio beneficio, algo difícil teniendo en cuenta la extensa regulación a la que están sometidos los bancos.

El propio BCE lo recuerda en su dictamen al exponer que la normativa bancaria europea obliga a los bancos a repercutir en el precio de los créditos "todos los costes pertinentes, incluidas las consideraciones fiscales, cuando proceda".

Christine Lagarde, presidenta del BCE, pronuncia un discurso durante la visita de Felipe VI a la sede del BCE en presencia de la vicepresidenta Nadia Calviño y José Manuel Albares, ministro de Asuntos Exteriores.

Christine Lagarde, presidenta del BCE, pronuncia un discurso durante la visita de Felipe VI a la sede del BCE en presencia de la vicepresidenta Nadia Calviño y José Manuel Albares, ministro de Asuntos Exteriores. Juanjo Martín Efe Fráncfort (Alemania)

Y no solo eso. El Gobierno quiere que sea la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la que se encargue de vigilar que los bancos no están trasladando el coste del impuesto a los clientes. El cómo no está del todo claro y así lo explica tajantemente el BCE.

"Debe aclararse qué mecanismos de verificación aplicará la CNMC para garantizar el cumplimiento de este requisito. Habida cuenta de todas las circunstancias diferentes que pueden provocar un incremento de los precios en el contexto actual de subidas de los tipos de interés, inflación o deterioro de las primas de riesgo, parece difícil diferenciar si el gravamen temporal se trasladaría de forma efectiva a los clientes o no", apunta en su dictamen.

Poca claridad en la redacción

El supervisor bancario no solamente aporta sugerencias o "consideraciones" sobre el contenido del dictamen, sino también sobre su forma, es decir, sobre su propia redacción. Más concretamente, señala que existe una "discrepancia" en un aspecto muy relevante del texto de la futura ley.

Por una parte, para establecer el criterio a la hora de determinar los bancos afectados por el gravamen en el texto se hace referencia a "la suma de ingresos por intereses y comisiones, determinada de acuerdo con su normativa contable de aplicación", mientras que cuando se habla de la base a la que se aplica el gravamen temporal del 4,8% se refiere a "la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones que figuren en su cuenta de pérdidas y ganancias correspondiente al año natural anterior".

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El BCE entiende que quieren referirse a los ingresos netos por intereses y a los ingresos netos por comisiones. "En este sentido, sería deseable una terminología más clara en el texto final sobre el criterio a la hora de determinar", señala.

Tampoco queda claro en la redacción de la proposición de ley, como señala el supervisor, qué papel puede tener el Banco de España a la hora de vigilar que los bancos cumplen con el requisito de no trasladar el coste del impuesto a los clientes.

"El BCE subraya que esta cuestión podría aclararse más, en particular, indicando que no equivale a encomendar ninguna tarea nueva al Banco de España", apunta el BCE, de nuevo mostrándose tajante.