Nuevo revés para Hacienda. La Audiencia Nacional ha estimado un recurso de Telefónica y ha declarado la nulidad de las liquidaciones del impuesto de Sociedades de los ejercicios 2009 y 2010, reconociendo el derecho de la compañía a obtener las devoluciones de las cantidades ingresadas en exceso.
La sentencia recoge que Telefónica tendrá derecho a recibir más de 1.000 millones adicionales a los 903 millones (702 millones de principal y 201 millones de intereses de demora) que ya le reconocieron los tribunales anteriormente por este mismo pleito, según ha publicado El País.
Cabe destacar que la cifra mencionada anteriormente no está publicada en la sentencia. Sin embargo, el recurso presentado en su día por la 'teleco' fijaba en al menos 1.588 millones de euros la cuantía que se había pagado de más. A esta cifra habría que restarle los 702 millones ya reconocidos por Hacienda, por lo que quedarían unos 800 millones que ascenderían hasta los 1.000 al sumar los intereses de demora.
Además, el fallo aún no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Supremo por lo que Telefónica no puede disponer de estos fondos de forma inmediata. De este modo y una vez confirmado, este importe no supondría una entrada en caja, sino que serviría para compensar el pago de impuestos en el futuro.
Todo por Lycos
El origen de este conflicto se remonta a la época de la llamada burbuja tecnológica en la que la compañía adquirió el buscador Lycos por la filial Terra en mayo de 2000 por más de 8.000 millones de euros y su venta cuatro años después por 90 millones. Esa diferencia generó, de cara a Hacienda, un crédito fiscal que se puede compensar en años posteriores para reducir la base imponible en el pago de Sociedades (base imponible negativa).
El fisco determinó que estas bases negativas eran inferiores a lo que estimaba la 'teleco', lo que motivó que la compañía firmara un acto de disconformidad e interpusiera en 2015 una serie de recursos ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC).
El primer revés para Hacienda vino en 2019 cuando el TEAC emitió una primera resolución que estimó parcialmente el recurso de la operadora por las cantidades pagadas en exceso por Sociedades entre 2008 y 2011. En ese momento, el fisco ya tuvo que devolver a la firma 702 millones de euros (más otros 201 millones en concepto de intereses de demora). Eso sí, en dicha resolución el TEAC desestimó la reclamación relativa a las bases imponibles negativas, que ahora considera la Audiencia Nacional.