El Ayuntamiento de Madrid se está adentrando en un territorio desconocido dentro de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). El Ministerio de Hacienda volvió a suspender el Plan Económico-Financiero (PEF) del Consistorio el jueves y es la única Administración española que todavía no lo tiene aprobado. Pero esto no es lo más peligroso. El verdadero problema es que nunca antes una Administración había desafiado con tanta convicción al Ministerio de Hacienda.
La posición de las dos instituciones sigue todavía muy lejos. El Ministerio de Hacienda exige un Plan Económico-Financiero que cumpla con la regla de gasto, como marca la Ley, y el Ayuntamiento quiere elevar su gasto alegando que tiene superávit. En una entrevista en EL ESPAÑOL, el consejero de Economía y Hacienda del Consistorio, Carlos Sánchez Mato, advirtió que no cumplirá la regla de gasto este año y que tampoco aprobará un acuerdo de no disponibilidad el próximo año con todo el exceso de gasto de este ejercicio.
Un desafío que pone en una situación delicada a Hacienda. Lo primero que ha hecho el Ministerio ha sido rechazar el PEF y solicitar uno nuevo al Ayuntamiento. Esta es la tercera vez que se lo suspende y las posturas siguen sin acercarse. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, se mostró el jueves “convencido de que los órganos de Gobierno enviarán el nuevo PEF” y que se ajustarán a la normativa.
El Ayuntamiento de Madrid se enfrenta a una multa equivalente al 0,2% de su PIB
¿Qué pasará si se prolonga el desencuentro entre las dos instituciones? El Ayuntamiento de Madrid se enfrenta a una multa equivalente al 0,2% de su PIB, esto es, unos 250 millones de euros. Sirva como comparativa, que esta cantidad es casi un cuarto de todo el gasto en personal del Consistorio. Esta multa es también la que pudo haber sufrido España el pasado verano (del 0,2% del PIB) y que finalmente perdonó Bruselas. En un primer momento tendrá que depositar esta sanción en el Banco de España y podrá recuperarla si adopta las medidas para corregir su incumplimiento. Así lo determina la Sección tercera de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
A partir del momento en el que se constituya el depósito, el Ayuntamiento tiene 3 meses para remitir a Hacienda un PEF y que el Ministerio lo apruebe. Una vez que pase este periodo, el depósito dejará de devengar intereses. Si pasan otros tres meses, el Ministerio podrá determinar que ese depósito se convierta en multa y por lo tanto, el Ayuntamiento no tendrá forma de recuperarlo.
Los ‘hombres de negro’
Si el Ayuntamiento (o cualquier Administración Pública) prosiguiese con su desafío a Hacienda, el Ministerio podrá enviar unos hombres de negro al Consistorio que se encargará de revisar las cuentas públicas y establecerá un plan económico que será de obligado cumplimiento.
Si el Ayuntamiento prosiguiese con su desafío, el Ministerio podrá enviar unos hombres de negro al Consistorio
Todo este procedimiento coercitivo todavía no se ha desencadenado. Sólo Hacienda tiene la potestad de poner en marcha el proceso sancionador, pero el Ministerio está muy lejos de este punto. De hecho, dada la situación de fragmentación política actual, parece complicado que el Gobierno se arriesgue a multar a una Administración.
La Ley no determina cuándo tiene que poner en marcha el procedimiento coercitivo el Ministerio y el Ayuntamiento de Madrid se escuda en que la propia Hacienda ha incumplido, año tras año, sus compromisos con Bruselas y se le ha perdonado. Una vez más, la Ley de Estabilidad está en el punto óptimo para que sea pisoteada.
En 2018, otra vez
Pero el PEF no es el único problema que tiene por delante el Ayuntamiento de Madrid. A la espera de conocer los datos de ejecución presupuestaria al cierre del año, Sánchez Mato ya ha anunciado que el Consistorio ha superado el límite de la regla de gasto en varios millones de euros. La Ley determina que la Administración que incumpla la regla de gasto tiene que aprobar un acuerdo de no disponibilidad equivalente a todo el desfase incurrido, pero el Ayuntamiento no lo va a hacer, ya que “sería un acuerdo de no disponibilidad de un importe muy grande”.
La Ley de Estabilidad también determina un procedimiento coercitivo para las Administraciones que adopten este acuerdo de no disponibilidad. En este caso, el Ministerio, o la comunidad autónoma que sea responsable de la tutela financiera de la corporación local, es quien tiene que iniciar este procedimiento. En primer lugar tiene que determinar la creación de un depósito, como en el caso anterior y también crear una comisión de hombres de negro.
En caso de que el Ayuntamiento no aceptase estas resoluciones, Hacienda tendrá que “adoptar las medidas necesarias” para obligar al Consistorio a cumplir la Ley. Si todavía se mantiene el incumplimiento, la decisión última que puede adoptar el Ministerio será disolver el Ayuntamiento y tomar el control de los órganos de Gobierno. Esta es la máxima penalización que puede adoptar, una situación extrema que es muy difícil que llegue a producirse. Pero así es como está en la Ley.