Así funciona el nuevo subsidio por desempleo que puede compatibilizarse con el trabajo
- Entra en vigor este viernes 1 de noviembre, con importantes cambios respecto al esquema anterior.
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El próximo 1 de noviembre entrará en vigor la reforma del subsidio por desempleo, impulsada por el Ministerio de Trabajo y sindicatos, con el fin de mejorar la cuantía de la prestación y permitir su compatibilidad con un empleo. La medida sirvió para cumplir con uno de los hitos comprometidos con Bruselas y recibir el cuarto pago de los fondos europeos Next Generation.
¿Qué es el subsidio por desempleo? Se trata de una prestación no contributiva dirigida a personas que han agotado la prestación contributiva —el paro— o no han cotizado lo suficiente para acceder a ella. En su modalidad actual, esta ayuda es del 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), es decir, unos 480 euros al mes.
En España, aproximadamente 756.897 personas reciben este subsidio, cuya cuantía es financiada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con un presupuesto de alrededor de 534 millones de euros mensuales.
Mejora en la cuantía
La nueva reforma aumenta la cuantía del subsidio: durante los primeros seis meses, el beneficiario percibirá el 95% del IPREM (unos 570 euros al mes). Del séptimo al duodécimo mes, la ayuda se reducirá al 90% (unos 540 euros), y a partir del decimotercer mes y hasta los 30 meses de cobertura máxima, volverá al 80% del IPREM (480 euros).
Para los mayores de 52 años, el subsidio se mantiene al 80% del IPREM, pero con una sobrecotización para la jubilación del 125% de la base mínima vigente, asegurando así una mejor previsión para su retiro.
Nuevos colectivos beneficiados
Esta reforma amplía el acceso al subsidio a nuevos colectivos, incluyendo a menores de 45 años sin responsabilidades familiares, trabajadores agrarios eventuales, trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, y personas con menos de seis meses cotizados sin responsabilidades familiares. También se extiende a víctimas de violencia de género y emigrantes retornados.
Además, los trabajadores agrarios de Andalucía y Extremadura podrán ahora compatibilizar este subsidio con el del régimen general y acceder al subsidio agrario cumpliendo solo diez jornadas laborales (peonadas).
Compatibilidad con el empleo
Una de las novedades más destacadas es la posibilidad de cobrar el subsidio mientras se trabaja. A partir de abril de 2025, los beneficiarios podrán recibir la prestación por un máximo de 180 días, sin reducción en su cuantía, mientras trabajan a tiempo completo o parcial. Esta compatibilidad busca incentivar el retorno al empleo, permitiendo a los beneficiarios recibir hasta un 80% del IPREM durante el primer trimestre de trabajo a tiempo completo.
De igual modo, el Ministerio de Trabajo y la Inspección de Trabajo vigilarán que la compatibilidad se cumpla adecuadamente, asegurando que el sistema promueva la transición al empleo sin irregularidades.
Simplificación de trámites
Los trámites también se simplificarán: desaparece el periodo de espera para solicitar la ayuda una vez agotada la prestación contributiva, y el reconocimiento de la prestación se reduce a tres meses.
El proceso estará vinculado a un "itinerario de activación para el empleo", promoviendo la búsqueda activa de trabajo.
Pasarela al IMV y obligaciones de IRPF
Desde el 22 de noviembre, una pasarela entre el SEPE y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) permitirá a los beneficiarios del subsidio acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) automáticamente si cumplen los requisitos, facilitando la transición entre ambas ayudas.
A partir de 2025, quienes perciban el subsidio deberán presentar anualmente la declaración de la renta, aunque sus ingresos no lleguen al límite exento de 22.000 euros de un solo pagador. Si no cumplen, podrán ver suspendido el cobro del subsidio, que no está exento de IRPF.