Adiós a retrasar la jubilación: así puedes sumar cinco años a tu cotización según la Seguridad Social
Gracias a un convenio especial un determinado grupo de trabajadores pueden beneficiarse de esta medida. Pero hay fecha límite.
8 septiembre, 2024 10:25Adelantar o retrasar la jubilación. Esta es la pregunta que se hacen miles de ciudadanos cuando ven acercarse este momento después de décadas de trabajo. Hacer una u otra cosa tiene sus ventajas e inconvenientes.
Por ejemplo, si la persona opta por la jubilación anticipada voluntaria debe saber que acarrea una merma de la cuantía de la pensión a través de coeficientes correctores: ¿Cuánto? Un máximo del 21% en caso de adelantar dos años la edad de jubilación si se cuenta con menos de 38 años y seis meses cotizados; y un mínimo del 2,81% si se adelanta un mes dicha jubilación y se tienen más de 44 años y seis meses cotizados.
Pero si la retrasa, y según un estudio de Fedea, aumenta el riesgo de una mortalidad temprana. Así, demorarla un año eleva “significativamente” el riesgo de morir entre los 60 y los 69 años. Este sería así en aquellos sectores y ocupaciones físicamente más exigentes con un alto nivel de estrés emocional y mental.
¿Cómo conseguir años extra de cotización?
Algunas personas que se acercan a la edad de jubilación deben tener en cuenta que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aprobado recientemente un nuevo convenio especial. Y el mismo tiene un ‘regalo’ de cinco años de cotización.
Eso sí, se aplica a aquellos trabajadores que estuvieron como becarios o estudiantes en prácticas siempre y cuando cumplan una serie de requisitos. Por ejemplo, el interesado debe acreditar que ha recibido estudios y trabajado como becario en programas de investigación tanto en España como fuera de nuestras fronteras.
Asimismo, dichas prácticas o becas no remuneradas deben haberse realizado antes del 1 de noviembre de 2011. ¿Y por qué no a posteriori? Porque a partir de esa fecha la Seguridad Social aprobó una ley por la que las prácticas cotizaban como si fueran un salario.
Si esa etapa no fue remunerada, se computarán los períodos correspondientes previos al 1 de enero de 2024. Por tanto, serán cinco años, como máximo, los periodos en prácticas no remuneradas que se tendrán en cuenta.
¿Quiénes son los beneficiados?
Pues aquellos trabajadores con títulos universitarios, máster en formación o diplomas de expertos. También aquellos otros relacionados con la formación profesional, y enseñanzas artísticas superiores, profesionales y deportivos. En este último caso, siempre y cuando pertenezcan al sector científico.
Sin olvidar a aquellos otros que participaron en estudios de doctorado y en programas de formación investigadora. Y, tal y como se ha dicho anteriormente, si lo hicieron tanto en España como en el extranjero.
Otro dato importante que conviene tener en cuenta es que las personas interesadas disponen de un plazo de dos años. Es decir, que el plazo límite para llevarlo a cabo concluye el 29 de abril de 2026.