Buscar trabajo es una tarea complicada en la que no siempre se tiene el éxito esperado. Una buena forma de encontrar oportunidades es acudir al Servicio Público de Empleo Estatal, un portal web donde se publican miles de nuevas ofertas laborales cada día. Sin embargo, el SEPE ofrece también otras vías para ayudar a algunos sectores de la población.
A través de este organismo podemos acceder a diferentes tipos de ayudas, especialmente para aquellas personas que se encuentran sin empleo o que pasan verdaderas dificultades económicas para llegar a fin de mes. Por ello, ahora venimos a hablar de dos subsidios que pueden resultar muy útiles a dos sectores muy concretos de la población.
Son aquellos que se pueden cobrar sin estar trabajando y que a la vez permiten cotizar de cara a una futura pensión de jubilación. Unas opciones muy interesantes y que ayudan a muchas personas en situaciones económicas complicadas cuando ya no pueden cobrar más el paro por haber agotado el límite de tiempo en el que este se encuentra disponible.
¿Cuáles son los subsidios del SEPE que permiten cotizar sin trabajar?
El Servicio Público de Empleo Estatal es un organismo que presta ayuda a miles de personas en España. Aquellos que ya han agotado la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro, pueden acudir al SEPE para solicitar el cobro de nuevas ayudas. Aunque hay que cumplir una serie de requisitos muy específicos, estas subvenciones pueden ser vitales para muchas familias en caso de conseguirlas.
En este caso, existen dos tipos de pagas a las que se puede acceder siendo desempleado y que te permiten cotizar mientras se cobran. Una de ellas es el subsidio para personas mayores de 52 años, mientras que otra es la prestación especial por desempleo para las personas que trabajan en el sector artístico. Esta segunda ayuda también incluye a las personas que realizan actividades técnicas y auxiliares dentro de este sector.
Subsidio para mayores de 52 años
Esta es una de las ayudas económicas del SEPE más importantes. Está dirigida a personas que se encuentra en la recta final de su carrera laboral y permite cotizar de cara a una jubilación.
Los beneficiarios de esta prestación pueden cobrarla hasta que alcancen la edad ordinaria de jubilación que en 2024 está fijada en los 66 años y 6 meses. Su cuantía es del 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales, y permite cotizar por jubilación por el 125% del tope mínimo de cotización que hay vigente.
Prestación especial por desempleo para trabajadores del sector artístico
Los trabajadores del sector artístico pueden beneficiarse de esta prestación cuando se quedan sin trabajo. Sin embargo, solo puede ser recibida durante un máximo de 120 días y tiene establecida una cuantía del 80% del IPREM (480 euros al mes).
Este subsidio permite una variante y es que si la media diaria de los últimos 60 días de cotización es superior a 60 euros, tendrán derecho a cobrar un plus hasta alcanzar los 600 euros mensuales, es decir, el 100% del IPREM.