Una juez obliga a readmitir a un empleado porque su despido fue más alto de lo debido
La compañía optó por el despido "por causas objetivas", pese a alegar motivos que justificarían uno disciplinario.
13 octubre, 2023 02:38El Juzgado de lo Social número 29 de Barcelona ha reprochado a una empresa que despida a un trabajador de forma más favorable de lo necesario, pero obliga a la compañía a readmitirle o a indemnizarle con la sanción máxima.
Así consta en una reciente sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia. La compañía optó por el despido por causas objetivas, cuando los motivos que alegó justificarían uno de tipo disciplinario.
El empleado trabajaba como ingeniero técnico por 2.833 euros al mes. Formaba parte de un proyecto que General Electric, como empresa externa, le tenía asignado a la compañía demandada.
Debido a una reestructuración del cliente, fue apartado de estas labores. Y, posteriormente, la empleadora le ofreció sumarse a otros proyectos distintos, que éste rechazó. Y en el juicio, ése fue el motivo que la empresa arguyó. "Si lo que pretendía era despedirlo porque no aceptaba los [proyectos] que le ofrecía, entonces debió acudir a un despido disciplinario, pero no a uno por causas objetivas", señala la sentencia.
La indemnización que recibió fue 10.195,87 euros (20 días por año trabajado al tratarse de un despido por causas objetivas; así fue como lo calificó la empresa). No obstante, el fallo obliga a la compañía demandada a readmitir al empleado o a despedirle con una indemnización muy superior, de 33 días por año trabajado, la correspondiente a un despido improcedente (así es como lo califica la jueza).
A su vez, la sentencia constata que el primer proyecto en el que participó el demandante hubiese finalizado, por lo que ésa no fue la causa del despido. La resolución también concluye que el trabajador no fue contratado únicamente para realizar este servicio a General Electric. "Su contratación es genérica y, por lo tanto, la empresa podía emplearlo en cualquier otro de los proyectos que estuviese ejecutando, por lo que la causa de extinción tampoco concurre", establece.
"La parte demandada alegó en el juicio que al actor se le habían ofrecido distintos proyectos y los había rechazado, lo que significa que existen esos proyectos y que [la empresa] consideraba que el perfil del demandante era suficiente para adscribirlos al mismo", reprocha.
Los hechos
El trabajador, defendido por Campmany Abogados, fue apartado del proyecto contratado por General Electric debido a las "reestructuraciones organizativas y económicas" que comunicó el cliente. "Lo que se traduce, inevitablemente, en una reducción de la carga de trabajo (...), lo que necesariamente hace que debamos nosotros también acometer una reestructuración de los proyectos que tenemos en el área de Ingeniería donde usted realizaba sus funciones", adujo la empresa en un escrito enviado al trabajador, cuyo puesto de trabajo fue suprimido.
No obstante, debido a "su perfil técnico" y sus "competencias profesionales", la empresa propuso su perfil a otros clientes, ya que debido a la Covid-19 no pudo recolocarle inmediatamente para realizar otra labor.
Casi dos meses más tarde, el 27 de enero de 2022, la empresa le ofreció sumarse a otro proyecto. A los pocos días, el empleado mandó un e-mail a sus superiores: "He estado pensando esta última semana y no quiero seguir en este proyecto. (...) Una semana ha sido suficiente para darme cuenta (...) Todo el caos que tienen, reuniones con gente discutiendo (no yo) y muchas otras cosas me han hecho llegar a esta conclusión más rápidamente".
Menos de un mes más tarde, el 8 de febrero, a compañía ofreció al demandante sumarse a otro tercer proyecto. Después, acabó despidiéndolo "por causas objetivas" el 31 de mayo de 2022. Su despido, finalmente, ha sido calificado por el Juzgado como improcedente.