Este 1 de junio ha entrado en vigor el nuevo esquema de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que Gobierno y agentes sociales terminaron de cerrar la semana pasada. Una nueva formulación que incluye escasos cambios pero con los que se busca incentivar que las empresas recuperen trabajadores para la actividad con mayores rebajas de las cuotas sociales.
De esta manera, las empresas de sectores ultraprotegidos que estén en ERTE y reincorporen trabajadores se pueden beneficiar de exoneraciones del 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 85% para las que tienen 50 o más.
Esto supone una mejora respecto a mantener trabajadores suspendidos. Con todo, finalmente, el Gobierno ha decidido conservar y no rebajar las exoneraciones que aprobaron en enero para las empresas de los sectores más afectados por la Covid. Concretamente, se mantendrán hasta final del verano
Así, la exoneración de cuotas sociales será del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores. En el caso de contar con 50 trabajadores o más, las exoneraciones serán del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre.
Además, se suman al listado de sectores ultraprotegidos tres más: confección de otras prendas de vestir y accesorios; comercio al por mayor de café, té, cacao y especias, y actividades de fotografía.
Por otro lado, salen cinco: artes gráficas y servicios relacionados con las mismas; fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; comercio al por menor de ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados; transporte espacial, y alquiler de medios de navegación.
Limitación e impedimento
Por otro lado, también cambian las exoneraciones para los ERTE por limitación de su actividad. Si la empresa tiene menos de 50 trabajadores, serán del 85% en junio y julio, y del 75% en agosto y septiembre. Si la empresa tiene 50 trabajadores o más, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.
En el caso de los ERTE de impedimento por restricciones administrativas, se mantienen las condiciones con exoneraciones de hasta el 100%.
El resto de las condiciones no cambian. Es decir, se mantienen las prestaciones (con una cuantía del 70% de la base reguladora) y el contador 'cero' del paro. También las cláusulas de protección de empleo (la prohibición del despido) de seis meses y otras condiciones para las empresas en ERTE, como que no pueden repartir dividendos.
Si se incumplen estas reglas, las empresas tendrán que devolver las cuotas sociales de las que se hayan exonerado y estarán expuestas a multas.
Precisamente, este 1 de junio también ha entrado en vigor la prórroga de las prestaciones de autónomos.