El Consorcio cubrirá daños tras los disturbios por la sentencia del "procés"
Madrid, 18 oct (EFECOM).- El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se prepara para hacerse cargo de cubrir los daños causados por los disturbios de estos días en Cataluña en las protestas violentas que se han sucedido, tras conocerse la sentencia del "procés".
El Consorcio, entidad adscrita al Ministerio de Economía, tiene entre sus funciones cubrir riesgos extraordinarios, ya sean daños por catástrofes naturales -inundaciones, embates de mar, vientos fuertes, terremotos o tornados- como por actos violentos como terrorismo, tumultos (como en esta ocasión) o actuaciones de las Fuerzas Armadas o cuerpos de seguridad.
La solicitud de indemnización la puede realizar el propio asegurado o, en su representación, su aseguradora o el mediador (agente o corredor) de seguros, a través del teléfono gratuito 900 222 665 o 952 367 042 o en la página web del CCS (www.consorseguros.es), con el DNI o el certificado electrónico.
Según la información que figura en la página web del CCS, el requisito para recibir el pago por los daños sufridos como consecuencia de un fenómeno derivado de los riesgos extraordinarios que cubre esta entidad es estar asegurado y al corriente de pago de una póliza en ciertos ramos.
En los seguros contra daños están cubiertos los incendios y eventos naturales, vehículos terrestres (daños al vehículo en cualquier supuesto), vehículos ferroviarios, otros daños a los bienes (robo, rotura de cristales, daños a maquinaria, equipos electrónicos y ordenadores) pérdidas pecuniarias diversas y modalidades combinadas de los anteriores.
El organismo también aclara que no existe un límite al importe de las indemnizaciones a pagar, que se corresponderán con los seguros que tuvieran contratados los afectados, incluso si el coste final superara significativamente las primeras estimaciones.
En el caso de los automóviles, el asegurado tendrá derecho a recibir una indemnización del Consorcio "cualquiera que sea la cobertura que tuviera contratada", ya que bastaría con la de responsabilidad civil o de daños a terceros de carácter obligatorio.