El Banco de España cifra en hasta 7.600 millones la factura para la banca por las cláusulas suelo
El abogado general del Tribunal de Justicia de Luxemburgo publicará el 12 de julio el primer dictamen sobre su legalidad.
26 abril, 2016 17:03Noticias relacionadas
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La factura empieza a estar más clara. La devolución de lo cobrado de más por las cláusulas suelo antes del 9 de mayo de 2013 -el límite temporal impuesto por el Tribunal Supremo- costaría a la banca entre 5.000 y 7.600 millones de euros extra, según un informe elaborado por el Banco de España. Si el Supremo no hubiera puesto este límite, España se habría visto obligada a pedir a la UE una ampliación del rescate bancario de 41.300 millones de euros y habría puesto en riesgo la estabilidad de la eurozona, sostiene el Banco de España.
Otro informe elaborado por la consultora KPMG por encargo del BBVA y del Popular cifra en 5.800 millones de euros la factura adicional para el sector si, en lugar de fijar el límite de mayo de 2013, deben reintegrarse las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca. Los detalles de estos estudios, que no son públicos, se han conocido este martes durante la vista sobre las cláusulas suelo celebrada en el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Ambos informes se han elaborado específicamente para este procedimiento. Los dieciséis jueces de la gran sala han escuchado durante algo más de tres horas los argumentos de todas las partes.
Los bancos representados (Popular, Cajasur y BBVA) alegan que obligar a reembolsar la totalidad de lo cobrado de más tendría un “impacto enorme” en el sector. Los abogados de los clientes han replicado que no hay ningún riesgo sistémico, sino que la única consecuencia sería que las entidades reducirían sus beneficios. El Gobierno español se ha puesto de parte de la banca, mientras que la Comisión se ha alineado con los denunciantes, pero de forma más tibia que en su escrito de observaciones.
La primera respuesta se conocerá el 12 de julio. Ese día el abogado general del TJUE, Paolo Mengozzi, publicará sus conclusiones preliminares. Debe dictaminar si respalda la doctrina del Supremo (y el límite de mayo de 2013) o exige el reintegro de las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca. Durante la vista, Mengozzi ha sido muy crítico con los abogados del Ejecutivo comunitario y ha mostrado más comprensión con las tesis de España.
El fallo definitivo del Tribunal, que en el 80% de los casos sigue las recomendaciones del abogado general, se hará público unos meses más tarde, después del verano y en todo caso antes de fin de año, según fuentes judiciales. Estos son los principales argumentos de cada parte:
Los bancos
BBVA, Popular y Cajasur han esgrimido el informe del Banco de España como principal escudo en su defensa. “Las consecuencias de la sentencia que dicte el tribunal son inmensas. Estamos hablando de entre 5.000 y 7.600 millones de euros según el informe del Banco de España y de 5.800 millones de euros según el informe aportado por nosotros”, ha dicho a los jueces el abogado del BBVA, Juan Rodríguez Cárcamo.
“Si el Tribunal Supremo hubiera dictado en 2013 una sentencia sin límite temporal de efectos restitutorios, España habría tenido que ampliar el programa de asistencia financiera acordado con la UE. No lo dice Cajasur, lo dice el Banco de España. Habría tenido que llevarse a cabo una nueva negociación del memorándum de entendimiento vigente en 2013. Y todo ello con el consiguiente efecto sistémico para la economía española y, dado el tamaño de la economía española, como dice expresamente el Banco de España, también tendría un efecto sobre la eurozona”, ha subrayado el representante de Cajasur, Daniel Sarmiento.
Los bancos han defendido sin fisuras la doctrina del Supremo. La sentencia de mayo de 2013, han alegado, creó un nuevo estándar de transparencia para las cláusulas suelo, más exigente incluso que la normativa de la UE. Por ello, está justificado que no se aplique de forma retroactiva. Cuestionar el límite temporal fijado por el Supremo supondría acotar su “autonomía”, han sostenido.
Los afectados
Los abogados de los afectados han rebatido el argumento de los bancos de un “riesgo de trastornos graves para el orden económico”. Y se han referido también a los 5.000 millones de euros de que habla el estudio del Banco de España. “No debemos olvidar que son 5.000 millones de euros que han sido arrebatados a más de dos millones de familias españolas por casi todas las entidades financieras que operan en nuestro país”, ha dicho Daniel Pineda, letrado de Francisco Gutiérrez Naranjo. Este ciudadano firmó en 2005 una hipoteca de 240.000 euros con Cajasur y reclama que se le devuelvan 3.937 euros por lo cobrado de más con las cláusulas suelo.
Sólo en 2015, BBVA tuvo unos beneficios de 2.642 millones de euros; el Santander, 5.966; Banco Popular, 105 millones; y BBK, 218 millones, ha destacado Pineda. “Lo máximo que puede ocurrir, y que sinceramente espero que ocurra, es que las entidades financieras reduzcan su beneficio, pero en ningún caso habrá un riesgo sistémico o de insolvencia. Además, la devolución no se haría de forma inmediata, sino paulatina, durante muchos años”, a medida que vayan llegando las sentencias, ha dicho el abogado.
Limitar las cantidades a devolver animaría a la banca a seguir incluyendo cláusulas abusivas en sus contratos. Este ha sido el principal argumento de los abogados de los afectados. El motivo es que las cláusulas en cuestión sólo dejarían de tener efectos cuando fueran declaradas ilegales. Las entidades, en cambio, podrían retener todos los beneficios obtenidos hasta dicho momento.
El Gobierno español
El Gobierno español ha evitado referirse al informe del Banco de España, pese a ser el que lo encargó, y ha centrado su intervención en defender la autonomía del Tribunal Supremo. “La doctrina del Supremo constituye un importante hito a favor de alcanzar la máxima protección del consumidor”, ha sostenido el abogado del estado, Miguel Sampol.
El fallo del Supremo ha garantizado “el principio fundamental de seguridad jurídica, lo que le lleva a limitar la eficacia retroactiva de su innovadora sentencia”. Además, el tribunal español es el órgano situado en “mejores condiciones” para valorar las implicaciones de una decisión “en el orden público económico”, según el abogado del estado.
La Comisión
El Ejecutivo comunitario ha reprochado al Tribunal Supremo haber interpretado una directiva de la UE sin consultar primero a la justicia europea. “En circunstancias normales, hoy no deberíamos estar aquí. En circunstancias normales, el Tribunal Supremo debió plantear una cuestión prejudicial antes de dictar la sentencia del 9 de mayo de 2013”, ha dicho el letrado de la Comisión, Napoleón Ruiz García.
Para Bruselas, los estados miembros no pueden imponer límites temporales al anular una cláusula abusiva. “Si se eliminan sólo los efectos hacia el futuro, como hizo el Tribunal Supremo, los profesionales tendrían un incentivo económico claro y evidente para seguir empleando cláusulas abusivas”, ha dicho Ruiz García.
Sin embargo, la Comisión ha introducido un matiz que no estaba presente en su escrito inicial de observaciones: el TJUE (y sólo el TJUE) sí podría limitar la devolución de las cláusulas suelo por motivos económicos como los que alegan los bancos. Según su interpretación, en algunos casos “sumamente excepcionales” sí sería posible introducir una limitación temporal cuando se anula una cláusula abusiva. Para ello deben cumplirse dos criterios: la buena fe y el riesgo de trastornos económicos graves.
Ahora bien, según el Ejecutivo comunitario “sólo el Tribunal de Justicia de la UE puede decidir una limitación temporal de esa naturaleza” y no ningún tribunal nacional, para garantizar una “aplicación uniforme” del derecho comunitario. “Los distintos poderes de los estados miembros no tienen la facultad de limitar los efectos temporales de una interpretación de derecho de la Unión”, ha concluido.