País Vasco, Madrid y Navarra son, por este orden, las comunidades con mayor gasto en I+D+i. Las tres tienen regímenes fiscales diferentes. Foto: Kelly Sikkema / Unsplash.

País Vasco, Madrid y Navarra son, por este orden, las comunidades con mayor gasto en I+D+i. Las tres tienen regímenes fiscales diferentes. Foto: Kelly Sikkema / Unsplash.

España

Análisis de los incentivos fiscales a la I+D+i en Navarra, País Vasco y el resto de España

Comparamos el régimen fiscal general y los que se aplican en los territorios forales, dos de las comunidades con mayor gasto en innovación.

5 marzo, 2021 01:02

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En España existen cuatro regímenes fiscales diferentes para actividades de innovación: el general y los que se aplican en País Vasco, Navarra y Canarias. En este artículo compararemos los criterios del régimen común con los de los territorios forales. ¿Es casualidad que País Vasco y Navarra sean dos de las comunidades que más invierten en I+D+i?

Los incentivos fiscales constituyen un tipo de políticas públicas que suele tener un efecto tractor, tal y como demuestra un informe reciente de la Airef. Así, por cada euro público dedicado a incentivo fiscal en España, la inversión privada en I+D+i se incrementa en 1,5 euros.

Y esta cifra podría ser aun mayor, ya que no todas las empresas cumplen con los requisitos para beneficiarse de ellos. En España, el gasto dedicado a I+D+i en 2019 equivale al 1,25% del PIB en 2019 (últimos datos del INE disponibles).

Así, País Vasco con el 1,97%, Madrid con el 1,71% y Navarra con el 1,67% conforman el podio nacional. Con la particularidad de que, en las comunidades forales, se cumple además la regla no escrita de que dos tercios de ese gasto lo aporta el sector privado.

Por supuesto, la intensidad de la actividad industrial y empresarial en estas tres comunidades puede constituir también un factor que explique por qué presentan cifras superiores a la media del país. 

¿Cuánto desgrava la innovación?

No es la ambición de D+I adentrarse en el detalle último de los incentivos fiscales que proveen unos y otros, puesto que es un ámbito sumamente complejo, si bien de la comparativa entre ellos extraemos una primera conclusión: aunque a priori la base de deducción fiscal es superior en País Vasco y Navarra, existen otros instrumentos y figuras que pueden beneficiar a distinto tipo de empresas.

Para empezar, la definición de I+D y de innovación tecnológica en los tres territorios difiere ligeramente. Después, existen menciones expresas a algunos sectores de actividad, por ejemplo a los videojuegos en el régimen común. Un “guiño” a esas industrias, que no tiene por qué excluirlas de la posibilidad de acceder a desgravaciones e incentivos fiscales en otros territorios, explica Mana Pérez Jilarte, magister de la consultora Euro-Funding.

En cuanto a la base de la deducción, para el gasto en I+D se sitúa en el 30% en País Vasco (50% sobre el incremento de gasto en I+D respecto a los 2 años anteriores) y el 40% en Navarra, frente al 25% (42% sobre el incremento de gasto en I+D respecto a los 2 años anteriores) del resto del Estado (exceptuando Canarias, recordemos). Es decir, por cada 10 euros destinados a investigación y desarrollo, una empresa podría recuperar, como mínimo, 3 en País Vasco, 4 en Navarra y 2,5 euros en el resto del país.

Nuevamente, observamos esa ventaja de partida cuando hablamos del gasto en innovación tecnológica, cuya deducción en el País Vasco oscila entre el 15% y el 20%, en Navarra está en el 15%, mientras que en el régimen común es del 12%.

Particularidades que pueden marcar la diferencia

Ahora bien, “existen particularidades en los regímenes fiscales de estos territorios que pueden hacer más o menos atractivo para las empresas instalarse en una comunidad u otra”, señala la experta de Euro-Funding.

Así, por ejemplo, el primer año, esa base para actividades de I+D puede llegar al 42% en el régimen común y al 50% en el País Vasco. Se trata de incentivar que las empresas emprendan nuevos proyectos innovadores.

Mención especial merece el llamado cash-back, por el que empresas que realizan una actividad recurrente de I+D pero que presentan pérdidas, o cuya cuota para aplicarse la deducción es insuficiente, pueden recibir igualmente una compensación por su gasto innovador. Este mecanismo existe en el régimen fiscal general y en Navarra, aunque en este último caso limitado a pymes (y startups) y a un máximo de 100.000 euros (frente a los 5 millones de límite establecido en territorio común).

Lo que sí existe en País Vasco, así como en Navarra, es la posibilidad de traspasar ese incentivo a una empresa inversora. Un mecanismo que tiene “un éxito considerable”, según afirmó el consejero de Universidad, Innovación y Transformación Digital de Navarra, Juan Cruz Cigudosa, en un webinar reciente con la Airef y la Fundación Cotec.

Asimismo, en las dos comunidades forales la tributación de la I+D puede mejorarse en determinadas circunstancias. “Pasamos del 40% al 50% cuando los gastos se subcontratan con universidades, organismos públicos de investigación o centros tecnológicos, o bien con unidades de I+D+i empresarial”, expuso el consejero. Navarra inauguró esa última figura el año pasado, “similar a la del País Vasco aunque con algunas diferencias”, que busca impulsar el efecto tractor de estas políticas públicas.

Existen otras numerosas diferencias entre País Vasco, Navarra y la fiscalidad española general, que recibió una muy valoración bastante positiva en un informe publicado en 2020 por la OCDE. Por ejemplo, en Euskadi los informes motivados (no obligatorios) los emiten organismos públicos, con lo cual resultan gratuitos para las empresas.

“Las deducciones fiscales son el elemento más versátil de financiación de la innovación con el que cuentan las empresas”, apunta Pérez Jilarte. Sin límites en el número de proyectos o en el presupuesto, entre otras ventajas, “se adaptan al ritmo real de I+D+i de las compañías”.

Asimismo, explica esta experta, se pueden combinar con otros incentivos, incluyendo bonificaciones a la Seguridad Social por la contratación de investigadores, ayudas directas (a través de subvenciones o créditos) y, por último, el patent box. Este último es un incentivo fiscal por el cual, si una empresa genera una patente (o un modelo de utilidad) y cede el uso de la misma a un tercero, los ingresos derivados directamente de dicha cesión tienen una tributación reducida en el Impuesto de Sociedades.