Levi's gana la batalla por el 501 y ninguna otra marca podrá usar su signo: las prendas que se retiran
La Justicia da la razón a la compañía de EEUU y ordena la destrucción de 5.772 unidades de un producto que copió su icónico número.
6 mayo, 2023 03:16No hay discusión, el número 501 sólo puede ser utilizado por la compañía Levi's, propietaria oficial de la marca, según los registros españoles y comunitarios. El Tribunal de Marcas, que actúa a través de la sección octava de la Audiencia de Alicante, ha resuelto el conflicto judicial abierto desde el año 2018 por el uso indebido del número 501 como reclamo en prendas confeccionadas por otras marcas y ha dado la razón a la empresa estadounidense.
El tribunal ha condenado a la compañía Caleton Inversiones SLU, con sede en Arrecife (Las Palmas), por incluir en sus prendas el número y ha ordenado retirar del mercado todos sus productos editados bajo la marca 501 y a "abstenerse en el futuro de registrar o usar cualquier otro signo distintivo que consista o contenga el signo".
Además, la empresa de Las Palmas deberá de indemnizar a Levi's por daños y perjuicios por la comercialización de 5.772 cinturones con la inscripción 501. En concreto, estos productos fueron intervenidos por la Administración de Aduanas de Arrecife el 19 de febrero de 2018 y la empresa llegó a sacarlos al mercado más tarde. La sentencia se conoce justo cuando el artículo de moda del siglo XX cumple 150 años de historia.
[Los Levi's 501 cumplen 150 años: historia de la prenda más icónica jamás creada]
Caleton comercializa productos bajo la marca 'Soi Terrae' y añadía el 501 como signo distintivo. El reclamo ha infringido las marcas de la Unión Europea y españolas de Levi Strauss & Co., y la Justicia ordena la nulidad de diversas clases de sus productos "por incompatibilidad registral con las marcas prioritarias renombradas 501".
"Los actos realizados por Caleton al importar, ofrecer, comercializar o almacenar los cinturones identificados con los signos infractores son conductas ilícitas", concluye la sentencia, dictada el pasado mes de febrero y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
La resolución ordena a la Oficina Española de Patentes y Marcas que proceda a cancelar el registro de las marcas promovidas por Caleton con el signo 501 y publicar la anulación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial.
La compañía demandada también ha sido condenada en costas. La sentencia ratifica una resolución anterior del juzgado que autorizó a Levi's a estar presente en la destrucción de los productos y material publicitario.
Retirada y destrucción
A lo largo de los años 70 y 80, los vaqueros 501 se globalizaron. Levi's registró sus marcas españolas y en la UE 501 entre los años 1983 y 1996 para diversos productos: desde los típicos vaqueros hasta maletas, bolsos, vestidos de mujer, cinturones, monederos, zapatillas, botas...
Caleton registró la marca '501 Terrae' en 2013 y la amplió en 2017 para comercializar más productos, una decisión empresarial que indujo a la "confusión", según ha reconocido finalmente la Justicia.
Bajo este nombre se han sacado al mercado prendas de vestir, cinturones, maletas, baúles, paraguas, sombrillas, bolsos o sombreros. Todos estos productos tendrán que ser retirados y destruidos.
Caleton alegó que "es un usuario de buena fe de las marcas españolas registradas" y que "nunca fue requerido previamente para el cese del uso del signo infractor". De este modo, añadió que "no luchan por la misma cuota de mercado y que no hay perjuicio para la parte demandante".
El personal de la Administración de Aduanas de Arrecife detectó el cargamento de cerca de 6.000 cinturones y lo retuvo ante la sospecha de que atentaba contra normas comunitarias.
La empresa española logró recuperar la mercancía y, como consideró que Levi's no acreditó ante las autoridades aduaneras el inicio de un procedimiento judicial para determinar la posible vulneración de sus derechos de propiedad intelectual, a su juicio "la comercialización posterior de los cinturones es lícita".
El argumento ha sido desestimado y la sentencia recuerda que el retraso a la hora de presentar la denuncia no valida sus operaciones comerciales. El tribunal reconoce que "no puede ampararse en la buena fe alegando la confianza razonable en la licitud de su conducta al estar autorizado para el uso de esas marcas españolas registradas por su titular".
"La falta de inicio de un procedimiento judicial por vulneración de los derechos de las marcas en el perentorio plazo de diez días, prorrogable por otros diez días, no convierte en lícita la conducta de la importación y posterior comercialización de los cinturones identificados con signos infractores", subraya la Audiencia.
De hecho, en el expediente aduanero de retención de mercancías consta "la solicitud de destrucción por parte de Levi's, lo que pone de manifiesto su voluntad contraria al despacho de las mercancías y su posterior comercialización al existir indicios fundados de la infracción de sus marcas".
Una actitud que, según el tribunal, es "manifiestamente contraria al consentimiento o tolerancia de la conducta infractora y, mucho menos, de renunciar al ejercicio de acciones en la vía judicial".
"La dificultad y complejidad en la iniciación de un procedimiento judicial por violación de marcas en el que el infractor alegaba el uso de dos marcas españolas registradas de las que era titular un tercero, justifica que no pueda acreditarse el inicio de un procedimiento judicial en el breve plazo previsto", razonan los jueces.
Por ello, "el hecho de que se presentara la demanda que inicia este litigio el día 6 de junio de 2018 (dos meses después del levantamiento de la retención de la mercancía) revela la voluntad por parte de Levis's de no renunciar a perseguir las conductas infractoras".
"No puede inferirse de un expediente administrativo donde no se adopta ninguna resolución sobre el carácter lícito de una conducta sospechosa de infringir un derecho de propiedad intelectual que el mero levantamiento de la retención de la mercancía equivalga a legalizar conductas que son declaradas infractoras en un procedimiento judicial posterior", estima la sentencia.
La Audiencia advierte de que la empresa española deberá de "abstenerse en el futuro de registrar o usar cualquier otro signo distintivo que consista o contenga el signo
501".
Así, tendrá que retirar del mercado "todos los productos que incorporen el signo distintivo Terrae, incluyendo todos los embalajes, envoltorios, material publicitario, etiquetas u otros documentos en los que se haya materializado la violación de marca objeto de la demanda"
Tras la retirada, tendrá que costear la destrucción de "todos los productos" y deberán informar a la empresa estadounidense "del día y el lugar en el que se llevará a cabo la destrucción con objeto de que la entidad mercantil Levi Strauss & Co., pueda asistir a dicho acto".
Respecto a la indemnización a pagar, se calculará en base a los beneficios obtenidos con la venta de los cinturones 501 al ser el único cargamento interceptado por el personal aduanero.
La historia de Levi's comenzó en 1873 como una patente de remaches de cobre para pantalones de trabajo y se ha convertido, en el último siglo y medio, en la prenda más icónica e influyente jamás creada.
Icono
Los vaqueros 501 han traspasado las barreras del tiempo y la cultura. Es una prenda original que cada generación adopta como propia y el signo 501 es sinónimo de calidad y resistencia.
La idea original partió de Jacob Davis y su histórica innovación con la ropa de trabajo: remaches de cobre en pantalones de lona.
Davis tuvo éxito y presentó sus monos con remaches de cobre en la cintura a su proveedor de productos Levi Strauss. Ambos se asociaron para crear una versión en tela vaquera y lona de pato, que patentaron en 1873, y lanzaron oficialmente lo que se conocería como los vaqueros 501.
Levi's continúa recurriendo a su signo más característico para comercializar sus productos. Esta temporada se pondrán a la venta los 501 '54 para hombre y 501 '81 para mujer. Con los nuevos estilos que llegarán este año, el futuro se centra en asegurar los próximos 150 años del 501.
La sentencia del Tribunal de Marcas es un aviso a las compañías que sientan la tentación de copiar el distintivo para comercializar productos, aunque se dirijan a públicos distintos.
La sentencia no es firme y puede presentarse un recurso extraordinario, pero hasta ahora todos los pronunciamientos han sido favorables para Levi's.