La Audiencia Nacional ha condenado a siete y seis años de prisión, respectivamente, a dos miembros de una célula yihadista que pretendía establecerse en España tras llegar en una patera a las costas de Almería en abril de 2020.
El jefe del grupo era Abdelmajed Abdel Bary, un antiguo rapero que fue hallado muerto en prisión tras el juicio que se celebró el pasado julio y que había sido reclutador de mujeres para el Estado Islámico. Una de ellas, María de los Ángeles Cala Márquez, también fue condenada por la Audiencia Nacional.
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal impone siete años de cárcel a Abderrezak Seddiki por integración en organización terrorista y falsificación de documento oficial y seis años de prisión a Kossalia Chollouah por el primero de los delitos.
La sentencia señala que los tres acusados se encontraban en Argelia a principios de 2020 y desde allí, "con la finalidad de mantener una célula integrante de la organización Estado Islámico", prepararon su entrada en España, a través de "los canales de inmigración ilegal controlados por las mafias".
"Existe una militancia activa o adscripción para, de una manera permanente y no meramente episódica, participar en los fines de la organización", señalan los jueces.
"Esta militancia activa o adscripción se expresa en la voluntad de los tres de la formación y organización del grupo criminal para su desembarco en España, bajo los postulados del Estado Islámico, realizando actos de colaboración entre sí, que coadyuvaron al establecimiento del grupo en España y a su propia financiación como célula terrorista", añade la resolución.
La noche del 13 al 14 de abril de 2020, los tres acusados llegaron a la costa de Almería, ciudad en la que fueron detenidos unos días más tarde fruto de las vigilancias policiales a las que estaban sometidos.
La Sala de lo Penal concluye que, si bien la integración de Abdel Bary en el Estado Islámico ha quedado probada, respecto de los otros dos acusados no hay elementos probatorios directos. Ahora bien, según los magistrados, existen "numerosos indicios que configuran un marco que nos lleva a concluir que también ellos forman parte del mismo, configurando una célula que se dedica a financiar sus actividades terroristas mediante la comisión de estafas bancarias masivas a través del carding (fraudes masivos a través de Internet)".
El tribunal también rechaza la tesis de las defensas de los condenados, a quienes presentaron como simples inmigrantes.
"Es insostenible", subraya la Sala. "No son inmigrantes al uso, lo desdice el poder adquisitivo que tienen y que son capaces de obtener a través de su acceso ilegal a los datos de usuarios de tarjetas de crédito en Internet, estas circunstancias los colocan muy lejos de ellos, así como el ocultamiento de su verdadera identidad", añade.