El juez Juan José Escalonilla, instructor del caso Niñera, ha archivado esta investigación en la que indagaba si una asesora del Ministerio de Igualdad, Teresa Arévalo, y la exjefa de Prensa de Podemos Gara Santana cuidaron de los hijos de Irene Montero.
Así consta en un auto del Juzgado de Instrucción número 42, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, en el que el instructor manifiesta que, "de las diligencias de investigación practicadas, no sólo no consta acreditado que Teresa Arévalo o Gara Santana se encargasen del cuidado de los hijos de Irene Montero y Pablo Iglesias, sino que incluso no consta acreditado que persona alguna, ajena a los propios padres, se haya encargado de su cuidado durante el tiempo que desempeñaban funciones remuneradas por Podemos o por el erario público".
"Por ello, no acreditado el hecho objeto de investigación, procede acordar el sobreseimiento libre de la presente causa", concluye el juez.
[La exjefa de Prensa de Podemos imputada declara que no hizo funciones de niñera para Irene Montero]
El denominado caso Niñera se inició tras la denuncia presentada por Mónica Carmona, antigua responsable de Cumplimiento Normativo de Podemos, el día 26 de enero de 2021. En su escrito, relataba que la hoy ministra Irene Montero pagó a una cuidadora para sus hijos con dinero del partido. Se trataba, según su denuncia, de Teresa Arévalo.
Llamada a declarar como testigo la exescolta de la titular de Igualdad, M. E. G. J., ésta manifestó que otra segunda trabajadora del partido, Gara Santana, responsable de Prensa, había ejercido de niñera de los menores, desatendiendo sus funciones laborales.
En su reciente declaración como imputada por un supuesto delito de malversación, Santana negó estos hechos. Sí admitió que acudió "a veces" al chalé de Galapagar (Madrid) en el que residen Irene Montero y Pablo Iglesias, pero lo hizo para preparar "intervenciones en programas de televisión" o por asuntos relativos a las leyes de igualdad.
Ahora, Escalonilla echa por tierra lo narrado por la antigua escolta de la ministra. Y recuerda que está enfrentada en un procedimiento laboral al partido después de ser despedida en junio de 2019, poco antes de que Irene Montero recogiera la cartera de Igualdad. M. E. G. J. denunció que había sido obligada a realizar funciones ajenas a su cargo, como comprar pienso para perros, trasladar a familiares de la ministra o procurar que el garaje del chalé estuviese caliente.
Por ello, "cabe apreciar que dicha testigo pueda albergar un cierto resentimiento respecto de dicho partido político y de sus dirigentes", indica el juez, que también invalida los mensajes que la exescolta aportó a la causa para tratar de apuntalar su testimonio.
En ellos, únicamente queda constatado que Pablo Iglesias, pareja de Irene Montero y antiguo secretario general de Podemos, le pidió recoger y trasladar a Gara Santana a su domicilio en un par de ocasiones. El juez subraya que, "no cabe erigir en indicio racional suficiente" lo narrado por M. E. G. J.
Los billetes de tren
Durante la causa, el juez Escalonilla también ha investigado los dos billetes de tren con destino a Alicante con los que se desplazaron la asesora Teresa Arévalo y una de las hijas de Irene Montero. Ambas acudieron a un acto electoral de Podemos en 2019.
No obstante, en su auto, el magistrado determina que "no existen indicios de que Teresa Arévalo, durante dichos dos años en los que trabajó personal y directamente para Irene Montero, se encargase del cuidado de sus hijos".
Y añade: "Del hecho de que dicha investigada se desplazara en tren el día 20 de octubre de 2019 a Alicante, para un acto electoral, desplazándose igualmente tanto Irene Montero como su hija [nombre omitido] a dicha localidad para el fin indicado, no cabe inferir indicio alguno acreditativo de que el desplazamiento de dicha investigada lo fuera para el cuidado de la citada hija de Irene Montero, pudiéndose inferir que lo hizo en cumplimiento del cargo que tenía dentro del partido político en dicho momento".
La Fiscalía ya puso en solfa el caso Niñera. En un reciente escrito, la fiscal del caso consideró que "no es extraño que una amiga [en alusión a Gara Santana] ayude a otra [Irene Montero] con dos recién nacidos, prematuros, recién salidos del hospital, y que lo haga sin ser remunerada por ello".
El auto del juez no es firme y aún puede ser recurrido durante los próximos tres días en reforma (ante el propio Escalonilla) y, hasta dentro de cinco días, en apelación (ante la instancia superior, la Audiencia Provincial de Madrid).