El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado que España vulneró los derechos de los menores marroquíes que fueron expulsados de Ceuta el pasado agosto sin las debidas garantías.
En una sentencia fechada el pasado 23 de junio y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA rechaza parcialmente los recursos interpuestos por la ciudad autónoma y por la Delegación del Gobierno.
Según establecen los jueces, la Administración les puso "en riesgo", de forma "relevante", con una actuación "exenta de las mínimas garantías procedimentales exigibles". Todo ello afectó negativamente "a la integridad física y moral de los menas [menores extranjeros no acompañados] afectados por las medidas de devolución", establece la sentencia.
Para ello, "basta acreditar una situación objetiva de puesta en peligro de esos bienes jurídicos fundamentales, la que ha de inferirse de las circunstancias concurrentes en cada caso", añade el TSJA.
Asimismo, el tribunal recuerda que la entrada "súbita, masiva e ilegal" a Ceuta en mayo del año pasado por parte de miles de inmigrantes marroquíes "en absoluto autorizaba al Reino de España a excusar su sometimiento al imperio de la Ley".
A lo largo de las 17 páginas de dura resolución, los jueces María Luisa Alejandre, Roberto Iriarte y Pedro Luis Roás también reprochan que la Delegación del Gobierno en Ceuta, "además de no individualizar los expedientes de retorno por cada menor afectado, omitió todos los trámites esenciales y cautelas procedimentales de obligado con complimiento para la repatriación" de los mismos.
Con todo ello, confirma así la sentencia fechada el 14 de febrero de 2022 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta, que consideró vulnerados los derechos de los menores. Antes, en agosto de 2021, al iniciarse las expulsiones, ese mismo juez ya había ordenado paralizarlas cautelarmente. Los menas habían sido alojados en un polideportivo y después trasladados a la frontera en furgonetas.
Frente a esas dos sentencias, la Delegación del Gobierno en Ceuta y el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Ceuta interpusieron sendos recursos de apelación; el primero de los cuales ha sido ahora desestimado por el Tribunal Superior de Justicia andaluz. Por lo tanto, todavía falta por conocerse una nueva resolución que resuelva el otro recurso aún pendiente.
El Tribunal Superior también reitera que el acuerdo de cooperación en materia de inmigración firmado entre España y Marruecos en 2007 "no desplazaba, excepcionaba ni sustituía a la legislación interna e internacional" sobre los menores extranjeros no acompañados, "sino que venía a complementarla o implementarla". Y dicho pacto bilateral obliga a la "observancia estricta de la legislación española", los "principios del Derecho Internacional" y lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño.
Por contra, el TSJA no considera acreditada la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a la libertad personal de los menores, como sí sostenían las oenegés que les defendían; entre otras, la Fundación Raíces y la Coordinadora de Barrios.
Denuncia de Fiscalía
Además, tal y como informó EL ESPAÑOL el pasado 10 de junio, la Fiscalía de Área de Ceuta ha presentado en un Juzgado una denuncia por prevaricación contra la delegada del Gobierno en la ciudad autónoma, Salvadora Mateos, y la vicepresidenta del Ejecutivo ceutí, María Isabel Deu, por la expulsión de los menores.
En sintonía con lo expresado por el TSJA, el Ministerio Público también considera que, al repatriar a Marruecos a 34 menores migrantes no acompañados, se omitieron "de forma voluntaria y consciente las disposiciones legales y el procedimiento establecido en el ordenamiento jurídico vigente sin verificar la concurrencia de los presupuestos legales que así lo permitieran en un Estado de Derecho".
La Fiscalía de Ceuta relató que, entre los días 17 y 18 de mayo de 2021, se produjo la entrada masiva e irregular en Ceuta de un número aproximado de 15.000 inmigrantes, de los cuales 1.200 dijeron ser menores de edad y fueron afiliados como tal.
Pero, desbordados por la escasez de recursos, Deu "decidió emprender varias actuaciones" a fin de "agilizar" su repatriación. Y lo hizo a través de dicho Acuerdo entre el Reino de España y el de Marruecos sobre cooperación en materia de prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno.
El pacto entre España y el reino alauita nunca se había aplicado hasta entonces. Y este documento señala en su artículo 5 que la repatriación debe aplicarse "con la observancia estricta de la legislación española, las normas y principios de Derecho Internacional y de lo establecido en la Convención sobre Derechos del Niño por parte de las autoridades competentes españolas".
Sin embargo, tal y como destacó Fiscalía en su denuncia, presentada tras casi nueve meses de investigación, "no sólo se han omitido algunos de los trámites preceptivos del procedimiento, sino todos, al no existir traza alguna del expediente de repatriación exigido por el acuerdo entre ambos países [España y Marruecos]".