La Sala Penal del Tribunal Supremo ha abierto una causa penal al diputado del PP Alberto Casero por adjudicaciones que decidió cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres). Casero, hasta fechas recientes secretario de Organización del PP, miembro de la Junta Directiva Nacional y fontanero del ex secretario general Teodoro García Egea, fue el diputado que el pasado 3 de febrero hizo que la reforma laboral del Gobierno de Pedro Sánchez fuera convalidada por un solo voto de diferencia: precisamente el suyo.
En una resolución conocida este jueves, el alto tribunal inicia el proceso contra Casero tanto por el presunto delito apreciado por la jueza de Trujillo que investigó los hechos -prevaricación- como por la Fiscalía del Supremo, que añadió malversación de fondos.
La Sala ha nombrado instructor del proceso al magistrado Andrés Palomo, que será quien decidirá sobre la citación de Casero y otras diligencias que considere pertinentes.
La Sala Penal del Tribunal Supremo recibió el pasado 18 de febrero la exposición razonada de la jueza de Trujillo Patricia Gutiérrez, que ha estado investigando contratos y acuerdos firmados por Alberto Casero cuando era alcalde de esa ciudad omitiendo los requisitos esenciales de la contratación pública: no siguió procedimiento administrativo alguno, no intervinieron los órganos competentes, no hubo publicidad y la adjudicación fue a dedo.
El caso se centra en cinco contratos firmados por el entonces alcalde en 2017 y 2018 en los que se comprometieron fondos del Ayuntamiento de Trujillo por la adjudicación de servicios sin sujetarse a los procedimientos administrativos legalmente establecidos.
El primero de ellos fue firmado por Casero a favor de P.B., contratado como psicólogo para prestar servicios al Ayuntamiento en el área de asistencia a mujeres víctimas de violencia de género.
Casero "no informó ni aportó al Ayuntamiento el contrato suscrito, ni se instruyó expediente de contratación, ni recabó informe del órgano de contratación sobre la necesidad del servicio, ni se aprobó el gasto", afirma la jueza en la exposición razonada elevada al Supremo.
"Tampoco consta que P.B. realizara efectivamente los servicios por los que presentó factura desde julio hasta octubre de 2017, y ello teniendo en cuenta que las actividades relacionadas con las víctimas de violencia de género se canalizaban a través de la Comisión de Violencia de Género, a la que no le consta ninguna actuación por parte de P.B.", añadía.
El segundo fue un convenio marco de cooperación interinstitucional rubricado por Casero con la Cámara de Comercio de Perú en España sin la previa aprobación del Pleno y sin, ni siquiera, resolución de la propia Alcaldía. Tampoco informó a los servicios económicos ni jurídicos del Ayuntamiento, ni aportó la copia del convenio a la Intervención.
En el tercer contrato, Casero acordó verbalmente con la Asociación Cultural Bon Vivant que la gala anual de entrega de premios denominada Pop Eye se celebrara en Trujillo, para lo cual el Ayuntamiento aportaría 18.000 euros como patrocinio institucional.
"No informó a los servicios competentes del Ayuntamiento, no tramitó expediente administrativo de contratación ni, al ser un contrato menor por el importe, tampoco incorporó, como debía, un informe del órgano de contratación que motivara la necesidad del contrato y la aprobación del gasto", señala la jueza.
El cuarto fue un contrato menor por 14.303 euros más IVA firmado por Alberto Casero con la empresa Ícaro Consultores de Comunicación para la organización de la Feria Internacional del Queso. De nuevo, Casero "no informó a los servicios competentes ni aportó el contrato ni tuvo informe previo del órgano de contratación". El tipo de contrato fue inadecuado y el Ayuntamiento no podía firmarlo en solitario, al depender ese evento de un consorcio.
Casero suscribió otro contrato relacionado con la Feria del Queso. Lo firmó el 20 de diciembre de 2018 con la empresa Radio Interior para la realización de servicios de comunicación y promoción. La jueza sostiene que no cabía acudir al procedimiento de un contrato menor ya que la cuantía era superior a los 15.000 euros y, además, se trataba de una prestación periódica (el evento se repetía desde hacía siete años), "debiendo ser licitado en procedimiento abierto".
El interventor puso reparo al pago de las facturas, lo que hizo que los proveedores acudieran a los tribunales. En varios casos los Juzgados condenaron al Ayuntamiento al pago de las cuantías reclamadas.
Un delito con cárcel
Terminada la investigación esencial y al no poder continuar sin tomar declaración a Casero (aforado ante el Tribunal Supremo por ser diputado), la jueza de Trujillo elevó las diligencias a la Sala Penal.
Apreció indicios de un único delito, prevaricación, dado que el cargo de alcalde pudo ser utilizado "para imponer la voluntad de la autoridad, perjudicando los intereses generales de la Administración Pública al eliminar arbitrariamente la libre competencia" en la contratación.
Pero la Fiscalía del Tribunal Supremo agravó la posición de Casero al considerar, en un dictamen enviado a la Sala, que, además de la prevaricación, pudo incurrir en malversación de fondos públicos.
El diputado del PP se puede enfrentar a una pena de cárcel, ya que ese delito está sancionado con un mínimo de dos años de prisión. La prevaricación, por su parte, le haría perder el cargo en virtud de las penas de inhabilitación establecidas.
La Fiscalía afirmó en su dictamen que "del contenido de la denuncia [presentada por la Fiscalía de Cáceres] y de la exposición razonada remitida por el Juzgado se constata la existencia de sendos delitos continuados de prevaricación y malversación de caudales públicos que habrían sido cometidos por Alberto Casero en su condición de alcalde del Ayuntamiento de Trujillo y que se concretan en la celebración de determinados acuerdos y contratos de servicios, con diversas personas y entidades, comprometiéndose al pago de las correspondientes prestaciones dinerarias pero sin sujetarse a los procedimiento administrativos legalmente establecidos".