El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este miércoles por unanimidad el
conflicto de competencia promovido por el Gobierno frente a la Generalitat de
Cataluña respecto al Plan estratégico de Acción Exterior y de relaciones con la Unión Europea 2019-2022.
El TC ha dejado en suspenso el plan y ha comunicado la paralización al presidente de la Generalitat, Quim Torra.
El Gobierno de Pedro Sánchez acordó el 18 de octubre, con el informe favorable del Consejo de Estado, impugnar el plan de acción exterior de la Generalitat ante el TC tras haberse negado Torra a cambiar el contenido, como le ha había pedido el Ejecutivo para evitar tener que acudir a los tribunales.
El plan fue aprobado el 25 de junio. En agosto, el Gobierno envió un requerimiento a la Generalitat advirtiéndole de que no era competente para aprobar una iniciativa con esos contenidos, pero el Ejecutivo catalán respondió el 26 de septiembre que no iba a corregirlo.
En el escrito en el que plantea el conflicto de competencia, el Gobierno señala que, dentro de la competencia estatal exclusiva sobre las relaciones internacionales, existe la posibilidad de que el Estado establezca medidas que regulen y coordinen las actividades con proyección externa de las comunidades autónomas.
Pero subraya que la autonomía de las comunidades autónomas no puede llegar al punto de pretender excluir toda intervención de la Administración General del Estado sobre las comunidades autónomas, pues la capacidad de coordinación del Estado supone, que la capacidad autonómica de realizar acciones con proyección exterior debe realizarse siempre en el marco de los principios, las directrices, los fines y los objetivos generales establecidos por el Estado.
Según el Gobierno, la vulneración del marco constitucional descrito por el plan de acción exterior de la Generalitat se produce como consecuencia de que omite toda referencia al Estado y a la función de coordinación que éste realiza y que le habilita para establecer principios y directrices que también son completamente omitidos.
El Gobierno aprecia "abundantes elementos" que, a su parecer, reflejan un menoscabo de la función de coordinación del Estado, como es la ausencia de menciones a los restantes sujetos de la acción exterior, a la normativa aplicable y a la necesidad de coordinación con el Estado, o la falta de rigor en los términos utilizados, que lleva a confusión sobre la naturaleza jurídica de los instrumentos jurídicos internacionales que pueden ser suscritos por la comunidad autónoma.
Recogiendo las apreciaciones del Consejo de Estado, el Gobierno destaca que el contexto en el que se ha aprobado el plan impugnado "es el de un proceso independentista que pretende el desprestigio de la imagen internacional de España y que se ha visto reflejado en una gran diversidad de actuaciones que, en el marco de la actividad institucional de la Generalitat, han llevado a cabo el presidente de la Generalitat, los consejeros y las Delegaciones en el exterior".
"Más allá de la contravención singular del marco constitucional que tales actuaciones puedan suponer", argumenta, "el principio de lealtad constitucional exige que al ejercer una competencia propia como es la de adoptar una plan estratégico autonómico de acción exterior se exija a la comunidad autónoma la referencia en el mismo a los principios que se establecen en la normativa del Estado y a las directrices, fines y objetivos de la política exterior fijados por el Gobierno".