Tumba de Franco en la basílica de El Escorial.

Tumba de Franco en la basílica de El Escorial. Efe

Tribunales

El Supremo accederá a parar la exhumación de Franco mientras se falla el recurso de la familia

La medida cautelar se considera necesaria para que la impugnación no pierda su finalidad en el supuesto de que prosperase.

26 mayo, 2019 02:50

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo accederá a suspender cautelarmente la exhumación de Francisco Franco de su actual lugar de enterramiento en la basílica del Valle de los Caídos, según fuentes del alto tribunal.

Los magistrados tienen previsto tomar una decisión el próximo 4 de junio, seis días antes de la fecha fijada por el Gobierno de Pedro Sánchez para sacar a Francisco Franco del Valle de los Caídos y llevarlo al cementerio de Mingorrubio (El Pardo), donde está enterrada su esposa, Carmen Polo.

El pasado 15 de marzo el Consejo de Ministros adoptó un acuerdo por el que dio por concluido el procedimiento administrativo iniciado el 31 de agosto de 2018 para la exhumación de Franco y estableció su reinhumación en El Pardo el próximo 10 de junio, dado que la familia no accedió a designar un destino alternativo "compatible con la garantía del orden público y la seguridad ciudadana", según el Gobierno. La familia había indicado la catedral de La Almudena.

Los nietos de Franco, la Fundación que lleva su nombre y la comunidad benedictina del Valle de los Caídos tienen interpuestos ante el Supremo recursos contra ese acuerdo del Gobierno en los que solicitan la suspensión cautelar de la exhumación.

Fuentes del tribunal recuerdan que, de acuerdo con el artículo 130 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la suspensión cautelar sólo procede "cuando la ejecución del acto o la aplicación de la disposición pudieran hacer perder su finalidad legítima al recurso".

Éste puede ser el caso, argumentan. Dado que lo nuclear de la impugnación de la familia es la exhumación, si ésta no se paraliza el recurso devendría ineficaz. La no adopción de la medida cautelar equivaldría, en la práctica, a la desestimación anticipada del recurso.

La Sala, que también puede debatir la cuestión el próximo martes, descarta en todo caso una situación como la que ha ocurrido con los restos del general Sanjurjo, que fue exhumado -con la oposición de la familia- de la cripta situada en el Monumento a los Caídos de Pamplona antes de la resolución definitiva el procedimiento contencioso-administrativo. Un Juzgado de Pamplona declaró en junio de 2918 el derecho de la familia a que los restos del general fueran restituidos a la cripta, pero el fallo fue revocado por el Tribunal Superior de Navarra en una sentencia del pasado enero contra la que cabe recurso de casación.

El Gobierno cuenta con la paralización

En el caso del anterior jefe del Estado, el Gobierno cuenta con que el Tribunal Supremo paralizará la exhumación, una medida que no prejuzga la suerte que van a correr los recursos.

De hecho, el Gobierno confía en que la decisión final le sea favorable porque cree que está entre sus competencias la facultad de acordar que los restos de Franco salgan de la basílica del Valle de los Caídos, perteneciente a Patrimonio Nacional.

El Gobierno ha construido una apoyatura legal para que la exhumación sea posible. El 24 de agosto de 2018 aprobó un real decreto-ley por el que se modificó la Ley de Memoria Histórica para "la resignificación del Valle de los Caídos". El decreto-ley fue convalidado por el Congreso de los Diputados el 13 de septiembre de 2018 con sólo dos votos en contra.