El juez que investiga la muerte del ultra del Deportivo de la Coruña, Francisco Javier Romero Taboada, alias Jimmy, en una violenta y tumultuosa pelea cerca del estadio Vicente Calderón de Madrid el 30 de noviembre de 2014, ha concluido la investigación y rechaza procesar a nadie por los hechos.
El titular del juzgado de instrucción número 20 de Madrid, Jesús de Jesús Sánchez, considera que no existen indicios de criminalidad contra las personas hacia las que se ha apuntado durante la investigación. El juez estima que las pruebas no son suficientes para procesar a nadie, el paso previo a sentarles en el banquillo. Rechaza la declaración de un testigo de la causa implicando a los hasta ahora investigados porque "no es fiable".
Por otro lado, rechaza también como prueba el vídeo en el que se ve a un grupo de personas arrojando al hincha del Depor al río Manzanares, que corrió por las redes sociales como la pólvora, porque "carece de la calidad suficiente para establecer sin ningún género de duda la identidad de las personas que allí aparecen, dada su resolución", puesto que la riña fue grabada por un aficionado, un vecino que captó tododesde su móvil.
Investigación Policial
La Policía comenzó una investigación sobre la muerte de Jimmy y las lesiones graves provocadas a Santiago Miguel Abaga tras la que atribuyó la autoría a cuatro personas que ingresaron en prisión provisional: José Luis Zarzoso Perea, Ismael López Pérez, Sergio Santiago Martínez y Francisco Javier Jiménez Linares.
Sin embargo, el juez ve contradicciones en los atestados policiales y la declaración del primero testigo protegido y después investigado, Pablo Vega Pol. "Considero que no es fiable, ni creíble ni digna de la precisa credibilidad la versión de los hechos del citado coinvestigado". Por eso, y porque recuerda que no puede tomarse como prueba su declaración, dado que es coimputado, el juez acuerda finalizar la investigación sin procesados.
En cuanto al famoso vídeo que también se ha presentado como prueba, tras ser examinado por los especialistas de la Policía, éstos concluyen que "no es posible realizar un estudio fisonómico de las personas que aparecen por su baja resolución". De ahí que el juez tampoco lo pueda tener en cuenta como prueba contra nadie.