La jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela asume que el procedimiento por rebelión que viene instruyendo desde el pasado 31 de octubre contra los exmiembros del Gobierno catalán pase a manos del magistrado del Supremo Pablo Llarena, que tramita la causa, también por rebelión, contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y antiguos integrantes de la Mesa de la Cámara autonómica.
Lamela, que este martes ha enviado a Llarena un informe en ese sentido, no va a hacer cuestión a favor de su competencia para investigar a Puigdemont y los exconsejeros, que perdieron el fuero tras la aplicación de las medidas adoptadas por el Gobierno al amparo del artículo 155 de la Constitución.
Llarena pidió la pasada semana a la jueza de la Audiencia Nacional un informe sobre los "antecedentes fácticos, procesales e investigativos" de la causa abierta en relación a los exdirigentes catalanes, los presidentes de Asamblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural y mandos de los Mossos d'Esquadra. La petición de informe va enfocada hacia la acumulación de este procedimiento al que instruye Llarena en el Supremo, a la vista de que las dos querellas presentadas por la Fiscalía, prácticamente idénticas, se articulan sobre la base de que ha existido entre todos ellos (Govern, Mesa del Parlament, asociaciones de movilización social y responsables de la Policía autonómica) una estrategia conjunta para imponer la secesión de Cataluña al margen de las vías legales.
Lamela considera en este informe que se debe acumular porque se está investigando a los miembros de una compleja organización donde cada uno cumple una función para lograr la secesión de Cataluña y su proclamación como república independiente, contraviniendo el orden constitucional y estatutario. La juez entiende que los delitos investigados son conexos y si se escindiera la causa dificultaría enormemente la investigación conjunta de los hechos y la determinación clara de responsabilidades de los investigados.
Para la jueza de la Audiencia Naciona, la investigación conjunta de los hechos y de sus partícipes "es la única manera de comprender en su integridad toda la trama y de dilucidar las responsabilidades individuales susceptibles de reproche penal que confluyeron de forma coordinada en el resultado que condujo a la declaración final de independencia".
Lamela ha pedido a la Fiscalía que no le presente a ella, sino a Llarena, su dictamen favorable al mantenimiento de la separación de ambas causas hasta que se determine si los exmiembros del Gobierno catalán que se van a presentar a las elecciones autonómicas del 21-D resultan elegidos y recuperan el fuero, supuesto en el que la competencia del Supremo sería indiscutible.
La magistrada de la Audiencia Nacional, que dictó prisión provisional tanto para Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, presidentes de ANC y Òmnium, como para ocho de los nueve exconsejeros a los que recibió declaración el 2 de noviembre (el resto del antiguo Govern se encuentra huido en Bélgica, con Puigdemont a la cabeza), vio desconcertada que Llarena dejaba en libertad a los querellados del Parlament.
El juez del Supremo, además, retrasó una semana -del 2 al 9 de noviembre- la toma de declaraciones, dejando en evidencia a la instructora de la Audiencia, que llevó a cabo los interrogatorios de sus investigados el día 2 después de adelantarlos para acompasarlos al los del Supremo.
En este contexto, la jueza no va a plantear ninguna batalla para mantener el procedimiento contra el Govern.
"Se puede de modo independiente"
A diferencia de Lamela, tanto la Fiscalía del Supremo como la de la Audiencia Nacional sostienen que es posible investigar a las personas aforadas ante el Tribunal Supremo de modo independiente de la de los restantes investigados en la Audiencia Nacional "al disponer su conducta, pese a estar relacionada, de entidad y autonomía propia".
El dictamen del Ministerio Público sostiene que la instrucción del Supremo, "por sus características, es perfectamente separable del resto de la instrucción judicial que se sigue en la Audiencia Nacional".
La conducta de los aforados integrantes de la Mesa del Parlament "se concreta en actuaciones que le son a ellos atribuibles y que permiten su examen separado, sin perjuicio de que al tratarse de una conducta relacionada en su finalidad con la de los restantes investigados en otras causas pueda el instructor conocer o recabar cuantos datos resulten de las diligencias que practiquen otros órganos que tengan relación con los hechos investigados de los aforados".
Se basa en que los precedentes jurisprudenciales "no pueden ser más explícitos", ya que el Supremo "ha tenido oportunidad de pronunciarse últimamente a favor de la admisión de la competencia para investigar solamente a los aforados", entre otros casos, en el de los Ere.
Además, la reforma procesal llevada a cabo en la Ley 41/2015 "es más restrictiva en el concepto de delitos conexos y más favorable a permitir respecto de los conexos el enjuiciamiento por separado, cuando lo contrario implique excesiva complejidad o dilación para el proceso". A su parecer, ello "constituye un claro argumento que milita a favor de la no acumulación de las conductas de los no aforados".
Finalmente, la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos "aventura la posibilidad de que se produzcan riesgos procesales futuros que pueden condicionar
negativamente la suerte de la causa", advierte la Fiscalía. El TEDH ha condenado a países como Bélgica por limitar la posibilidad de recursos a personas no aforadas.