El Tribunal Supremo ha rechazado suspender cautelarmente las dos órdenes del
Ministerio de Hacienda relativas al acuerdo de la Comisión Delegada
del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se adoptaron medidas de control de los pagos de la Generalitat para evitar que vayan a los gastos del referéndum independentista.
En un auto, notificado este miércoles la Sala considera que no se han acreditado
las circunstancias de especial urgencia exigidas por la ley para
adoptar una medida de este tipo (sin oír a las partes y en 48 horas y) y menos aún las situaciones irreversibles alegadas por esta formación política.
El tribunal recuerda que la Comunidad Autónoma a la que afectan las
órdenes impugnadas ha interpuesto sendos recursos contra ellas y en
ninguno de ellos ha solicitado la suspensión por la vía de urgencia.
Por tanto, aunque rechaza la cautelarísima, la Sala acuerda que se
tramite como una petición de medidas cautelares ordinarias con
audiencia de las partes.