El Tribunal Supremo ha rechazado suspender cautelarmente las dos órdenes del

Ministerio de Hacienda relativas al acuerdo de la Comisión Delegada

del Gobierno para Asuntos Económicos por el que se adoptaron medidas de control de los pagos de la Generalitat para evitar que vayan a los gastos del referéndum independentista.

En un auto, notificado este miércoles la Sala considera que no se han acreditado

las circunstancias de especial urgencia exigidas por la ley para

adoptar una medida de este tipo (sin oír a las partes y en 48 horas y) y menos aún las situaciones irreversibles alegadas por esta formación política.



El tribunal recuerda que la Comunidad Autónoma a la que afectan las

órdenes impugnadas ha interpuesto sendos recursos contra ellas y en

ninguno de ellos ha solicitado la suspensión por la vía de urgencia.

Por tanto, aunque rechaza la cautelarísima, la Sala acuerda que se

tramite como una petición de medidas cautelares ordinarias con

audiencia de las partes.

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