Carles Puigdemont, junto a Toni Comín, cabeza de lista de Junts para el 9-J, este jueves en Bruselas.

Carles Puigdemont, junto a Toni Comín, cabeza de lista de Junts para el 9-J, este jueves en Bruselas. Efe

Política ELECCIONES CATALANAS

El aval a Puigdemont como eurodiputado envalentona a Junts: "La UE deroga de facto la Ley Electoral"

Según el equipo jurídico del 'expresident', el dictamen del Abogado General de la UE es "un efecto dominó absoluto" que va del TJUE, pasando por la LOREG, al Tribunal Supremo, "que violó el derecho de la Unión".

12 abril, 2024 02:21

Si en España no se estuviese tramitando una Ley de Amnistía que entrará en vigor, previsiblemente, a finales de mayo, se daría la circunstancia de que habría un prófugo de la Justicia que, tras cinco años cobrando del erario, podría volver a ser elegido eurodiputado sin que la Justicia pudiera hacer nada. Ése es el caso de Toni Comín, lugarteniente de Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo y, ahora, cabeza de lista de Junts.

Ambos se mostraban este jueves encantados tras lo que su entorno más cercano calificaba de una "victoria por goleada". Según el Abogado General de la UE, el expresidente de la Eurocámara Antonio Tajani (hoy ministro de Exteriores italiano) vulneró el derecho europeo al denegarles el acta de diputados, alegando que no habían cumplido con la ley electoral española.

Y eso es así porque la ley electoral española añade requisitos "no electorales" para ser proclamado, y eso "es contrario al derecho de la Unión". Es decir, que Tajani "violó la inmunidad" de Comín y Puigdemont, "condición que tenían desde la proclamación". Y que, "el Tribunal Supremo también violó su inmunidad y, con ello, el Derecho europeo".

Así lo explica un miembro del equipo jurídico de Puigdemont que ha participado en el caso. Según argumenta, la denegación del acta al expresident y a su exconseller "suspendió sus prerrogativas dimanantes de su condición de miembros del Parlamento Europeo, en violación del Derecho de la Unión". Y ningún precepto de las leyes europeas "autoriza a un Estado miembro a suspender las prerrogativas de los eurodiputados".

"No es una sorpresa"

Según el entorno de Puigdemont, en conversación con este diario, "lo que hace el dictamen es derogar de facto un precepto de la Ley Electoral española". Y según un abogado del Estado, consultado por este periódico, esto es "efectivamente así". El dictamen del Abogado General de la UE es "un efecto dominó absoluto", continúa este letrado del expresident, "que va del TJUE, pasando por la LOREG, al Tribunal Supremo, que violó el derecho de la Unión".

Según lo decretado este jueves, David Sassoli, sucesor de Tajani, hizo lo correcto al revocar la decisión y darles el acta de diputados a Puigdemont y Comín, basándose precisamente en esa sentencia del TJUE, en el caso de Oriol Junqueras.

El criterio del Abogado General no es vinculante, pero no sólo ocurre que los jueces del TJUE siguen sus preceptos en el 90% de los casos. Es que, en esta ocasión, es este organismo el que se ciñe al criterio ya emitido por el Tribunal años atrás, en el caso Junqueras de 2020.

"No es una sorpresa, lo llevamos defendiendo años", asegura otro colaborador directo de Puigdemont. "Resistiremos, como siempre, y ganaremos, como siempre", añade un tercero.

Envalentonados, otros líderes de la formación de derecha independentista aseguraban que "el problema que tiene España es que, en su lucha contra el independentismo, no se da cuenta de que no cuida su prestigio en Europa... el prestigio exterior tiene que estar preservado hasta de las luchas interiores".

El TJUE y la soberanía

Y curiosamente -pero sobre todo, "lamentablemente"-, con la misma opinión se expresaba el abogado del Estado citado más arriba. "Hemos perdido mucho tiempo sin reformar la ley electoral", explica a este periódico, "para defender al Estado de alguna otra manera, una vez que el TJUE invadió nuestra soberanía de una manera sorpresiva e ilógica".

El artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General estipula que para ser proclamado eurodiputado es necesario acudir a la Junta Electoral a recoger el acta tras jurar o prometer la Constitución. Y el artículo 8 del Acta Electoral de 1976, único documento comunitario al respecto, dice que "el procedimiento electoral se regirá, en cada Estado miembro, por las disposiciones nacionales".

Evidentemente, ni Comín ni Puigdemont cumplieron con el trámite de asumir la Carta Magna en España, porque habrían sido detenidos al pisar territorio nacional.

Pero la argumentación del abogado de ambos, Gonzalo Boye, ahora aceptada por el Abogado General de la UE, es que la obligación que impone ese artículo "no constituye", en sí mismo, "un elemento del procedimiento electoral con arreglo al propio Derecho español". Y no cabe, "por tanto, sostener lo contrario respecto de la interpretación del artículo 8 del Acta electoral" de la Unión.

"El proceso electoral termina con el recuento del último voto", explica un miembro del equipo jurídico de Puigdemont a este periódico. "Ese proceso es el que, por ahora, corresponde a los Estados, pero a partir de ahí solo al Parlamento", según dictaminó el TJUE en 2020 en el caso Junqueras y ahora corrobora el Abogado General den el caso Puigdemont y Comín.