El Tribunal Superior de Justicia de Valencia no abrirá causa penal para investigar al presidente valenciano Ximo Puig por inscribir como "cese involuntario" la dimisión de Mónica Oltra para que la exvicepresidenta cobrara una prestación por desempleo de 1.300 euros al mes.
El diputado de las Cortes Valencianas Vicente Fernández presentó una denuncia contra el presidente de la Generalitat y la dirigente de Compromís por posibles delitos de prevaricación y malversación después de que Oltra confirmara que está cobrando el paro desde que dimitió el pasado 21 de junio.
La denuncia, presentada en el alto tribunal valenciano debido a la condición de aforado de Puig, se basó en las declaraciones de Oltra en el programa Salvados de La Sexta, donde afirmó que estaba cobrando 1.300 euros por desempleo.
[Mónica Oltra inscribió como "cese involuntario" su dimisión para asegurarse 1.300 € al mes]
En cambio, el TSJ ha inadmitido "la denuncia a que se refieren los antecedentes de hecho de la presente respecto" a Ximo Puig y ha acordado "el archivo del presente procedimiento". La Fiscalía se pronunció en el mismo sentido.
En la misma resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, el TSJ se declara incompetente para investigar a Oltra porque ha perdido su condición de aforada tras su marcha del Consell y las Cortes valencianas.
"En estos casos, carece de justificación alguna la apertura de un proceso penal para comprobar unos hechos que, de ser acreditados, en ningún modo serían constitutivos de delito", recoge la resolución.
Tal y como publicó este periódico, la Generalitat Valenciana convirtió la dimisión de Oltra en un "cese involuntario con carácter definitivo". Así consta textualmente en el certificado oficial presentado por la exvicepresidenta valenciana ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), según confirmaron fuentes de la dirección provincial del organismo en Valencia.
Fue esta tipología de cese la que le permitió acceder al máximo de prestación por desempleo (algo más de 1.300 euros mensuales).
La resolución
Pero la denuncia, según el TSJ, "viene a entender concurrente el dictado de la resolución injusta como el medio para la obtención de la que estima indebida prestación de desempleo obtenida" por Oltra.
El tribunal reprocha al denunciante que presente una denuncia por malversación sin desarrollar la existencia del delito.
"Lo que cuestiona, e incluso le lleva a calificar los hechos como delictivos, es que dicho Decreto, según estima el denunciante, debía haber expresado que se trataba de una dimisión voluntaria", razonan los magistrados.
En este sentido, aclaran que "la expresión 'cese' del apartado viene a englobar genéricamente los distintos supuestos de pérdida de la condición" de cargo público.
Por ello, consideran que no puede calificarse al Decreto como "una resolución injusta (que ha de serlo además manifiestamente), ni existe indicio o elemento del que resulte que la actuación del denunciado al dictar el mismo haya sido de carácter dolosa".
Así, respecto a Puig, el TSJ subraya que "no tiene intervención personal alguna en las posteriores vicisitudes y relaciones jurídicas que la denunciada Oltra, no aforada, haya podido, tras el dictado de dicho Decreto, mantener tras dicho cese, o con ocasión del mismo, en concreto en este caso se cita en el ámbito de las prestaciones de desempleo de la Seguridad Social".