El Ayuntamiento de Valencia ve justificado que los días con condiciones metereológicas adversas las empresas no contraten a personas con discapacidad. El área de Comercio, dirigida por el concejal de Compromís Carlos Galiana -del mismo partido que el alcalde, Joan Ribó- ha aceptado las explicaciones que le ha dado una empresa a la que adjudicó la celebración de un evento a cambio de, entre otros compromisos, la contratación de cinco personas con certificado de discapacidad igual o superior al 33%.
El evento se celebró, la empresa incumplió este punto del contrato y el Ayuntamiento de Valencia ha dado por buenas las explicaciones. La adjudicataria esgrimió que no se pudo llevar a cabo la contratación "de dicho personal discapacitado debido a las circuntancias meteorológicas del día 11 de septiembre de 2019, que era el día acordado para trabajar con personas discapacitadas".
El Ayuntamiento ha considerado válido este argumento como causa de "fuerza mayor", a pesar de que no se registraron lluvias torrenciales en la capital valenciana, y ha devuelto la fianza que despositó la empresa "dado que queda acreditada la voluntad de la empresa contratista de cumplir con sus compromisos".
Así lo ha manifestado el Ayuntamiento a la Agencia Valenciana de Antifraude después de que una denuncia anónima alertara de presuntas irregularidades en la contratación de uno de los lotes de la edición de 2019 del Bonica Fest, un festival para impulsar las compras en los mercados municiaples de la ciudad.
Según consta en la resolución de Antifraude, el lote se adjudicó por más de 30.000 euros y la oferta contemplaba incluir en el personal un mínimo de cinco personas discapacitadas -con un grado del 33 % o superior-, durante diez horas diarias entre el 9 y el 13 de septiembre de 2019.
La medida buscaba favorecer el empleo en un sector de la población, muy vulnerable y con enormes dificultades para incorporarse al mercado laboral. Se trata de una cláusula que se ha extendido en multitud de contrrataciones públicas y que la mayoría de partidos, como es el caso de la coalición Compromís, defiende en sus programas electorales.
Durante la investigación, el Ayuntamiento alegó que "el día 10 se produjeron precipitaciones intensas en las regiones cantábricas y Baleares, pero fueron los días 11 y 12 cuando se produjeron precipitaciones intensas y persistentes en el sureste peninsular con acumulaciones de más de 100 mm en una extensa área que abarca el sur de la Comunidad Valenciana y buena parte de la de Murcia".
Las alertas
Antifraude puntualiza que "este informe en ningún caso alude a Valencia capital, que no puede entenderse afectada por lo referido a Cantabria y Baleares el día 10" y revuerda que, por lo que respecta a los días 11 y 12, "Valencia ciudad no se encuentra en el sur de la Comunidad Valenciana".
Además, para defender su posición, el Ayuntamiento recurrió a una noticia publicada en el diario Las Provincias en la que advertía de una "alerta naranja por lluvias (riesgo importante)" en el territorio valenciano.
"El Ayuntamiento interpreta la noticia para argumentar su razonamiento en base a que el 11 había alerta naranja (riesgo importante) en la ciudad de Valencia, pero el mismo no puede ser atendido en la medida que dicho riesgo no implicó la entrada ni el desarrollo de la actividad ni se clausuraron los stands instalados en la Plaza del Ayuntamiento correspondientes al Bonica Fest", apunta Antifraude.
Para este organismo, dirigido por el abogado Joan Llinares, "no se puede admitir que la lluvia y/o alerta naranja no impidiera la actividad, como señala la prensa y confirma el Ayuntamiento, pero sí impidiera la contratación de personal discapacitado, que se vuelve a insistir, debían prestar servicios todo el periodo desde el día 9 al día 13 de septiembre y no solo el día 11, como reiteradamente argumenta la empresa y el Ayuntamiento asume en sus informes a pesar de estar recogido en el contrato ni en la oferta".
Antifraude matiza que "no se cuestiona la adversidad del tiempo, pero el mismo no impidió la celebración del evento ni ha quedado acreditado la circunstancia que justifique una fuerza mayor". Tampoco que el mal tiempo "impidiera la contratación de personas discapacitadas con el grado de discapacidad ofertado, cuando sí se contrató a personal sin discapacidad. Calificación, que por otra parte, hace el Ayuntamiento".
Por todo ello, Antifraude ha reprochado al Ayuntamiento que se diera "como válido el argumento de la empresa para justificar el incumplimiento de la oferta, criterio no acreditado ni justificado adecuadamente, estando contrastado el incumplimiento realizado por el contratista en sus compromisos ofertados respecto a los criterios de valoración".
Medidas de control
Así, Antifraude ha concluido que "es competencia del responsable del contrato haber comprobado la correcta ejecución del contrato en el sentido de que todos los días estaba contratado y presente el personal propuesto en la oferta y en base al cual se valoró la misma, puesto que la argumentación sostenida por el Ayuntamiento que justifica que por las circunstancias meteorológicas se incumpliera parcialmente las obligaciones del contratista no tuvo correlato en una reducción equivalente del precio del contrato por las prestaciones o servicios no prestados".
El organismo reitera que "no se presentaron los contratos con todo el personal ofertado que se deberían haber preparado con antelación, al menos los contratos que correspondían al personal discapacitado".
Las características del expositor, además, no se ajustaron a lo comprometido, especialmente en el tamaño de unas letras de grandes dimensiones, que según el contrato debían alcanzar los 2,20 metros, y tampoco hay constancia de que se facilitase material promocional en la cantidad y materiales acordados.
Por todo ello, pide al Ayuntamiento de Valencia que dicte instrucciones internas para garantizar el cumplimiento íntegro de los contrarios y que se establezcan protocolos de actuación en caso de detectarse incumplimientos contractuales.