El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), ha confirmado la pena de 5 años de cárcel impuesta al exmarido de Mónica Oltra, Luis Eduardo Ramírez Icardi. Se le condenó por abusar sexualmente de una menor tutelada por la Generalitat Valenciana en el centro donde este trabajaba como educador.
Fue el propio Ramírez Icardi quien recurrió ante el TSJCV la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia. En su recurso solicitó que se repitiera el juicio por completo al considerar que los magistrados le condenaron con "nula imparcialidad objetiva". Pidió también expresamente que declarara de nuevo la víctima.
El recurso, por contra, ha sido desestimado por el TSJCV. Así consta en la nueva sentencia notificada este viernes y difundida por la representación legal de la menor, defendida por el abogado y líder del partido de ultraderecha España 2000, José Luis Roberto.
El fallo inicial concluyó que el educador, "una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella". Así quedó sentenciado en un juicio que tuvo que repetirse parcialmente porque obvió en la celebración inicial la existencia de dos informes que ponían en duda el testimonio de la víctima.
Uno de ellos lo elaboró el Instituto Espill, y otro la Conselleria de Igualdad que dirige Mónica Oltra, la máxima responsable de los menores tutelados en la autonomía. El tribunal, por contra, se acogió al elaborado por el Instituto de Medicina Legal, que sí creyó a la menor -como también hizo la Fiscalía-.
Sin repetición del juicio
La defensa de Luis Eduardo Ramírez Icardi, representado por la abogada Ana Cal del despacho Zapata Boluda, insistió en los argumentos que ya esgrimió para reclamar la repetición total del juicio. Consideró que se produjo "un quebrantamiento de normas y garantías procesales". En concreto, "una vulneración del derecho a un juez imparcial".
A su juicio, el tribunal estaba predispuesto a repetir el sentido de su fallo pese a la aparición de los nuevos informes, por lo que debió pronunciarse un tribunal distinto, no el mismo. "La falta de imparcialidad que venimos incansablemente esgrimiendo, afectó tanto al auto de admisibilidad de las pruebas como a la sustanciación y decisión del resultado de la prueba practicada en el juicio oral", expuso la defensa.
Por lo que respecta a las pruebas, la defensa intentó que se tuviera en cuenta el "cuadrante de fugas" de la menor -denegada en el proceso anterior- con el que pretendían probar que Luis Eduardo ni siquiera estuvo presente algunos de los días en los que, según la sentencia, se produjeron los abusos.
A su vez, la defensa insistió en que volviera a declarar Maite -la menor que sufrió los abusos, en la actualidad mayor de edad-. Ya lo intentó, también sin éxito, cuando se produjo la repetición parcial del juicio.
Pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana se ha pronunciado en línea con la Audiencia Provincial. El TSJCV coincide en otorgar credibilidad al testimonio de la menor, tal y como defendían la Fiscalía y el Instituto de Medicina Legal. Mantiene, por tanto, la pena de 5 años de cárcel impuesta a Ramírez Icardi, que ahora podrá recurrir de nuevo ante el Tribunal Supremo.