El exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Agustín Barberá.

El exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Agustín Barberá. EP Sevilla

Andalucía

Libertad condicional para Agustín Barberá, único ex alto cargo que seguía en prisión por los ERE

La Audiencia Provincial de Sevilla había rechazado su petición de libertad hace un mes. Era uno de los pocos condenados que no había recurrido al Tribunal Constitucional.

16 agosto, 2024 18:38
Sevilla

El exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía, Agustín Barberá, ha salido de la cárcel. Ha conseguido el tercer grado penitenciario por el cáncer que sufre. Así ha obtenido la libertad condicional tras haber pasado más de un año y cuatro meses en la prisión Puerto III de El Puerto de Santa María.

Había sido condenado a siete años y un día de cárcel por malversación por los ERE fraudulentos. Era el último de los condenados por la pieza política de este caso. También era uno de los pocos que no había solicitado un recurso de amparo del Tribunal Constitucional que anuló varia sentencias durante el mes de julio.

El procedimiento ha sido canalizado por la vía penitenciaria, según señalan fuentes del caso a Europa Press. Barberá había ingresado en prisión el 11 de abril de 2023 tras la pena impuesta por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.

Dicho tribunal ya denegó por primera vez su petición de suspender la pena, pese a reconocer que padecía una "enfermedad grave incurable". No obstante, entendía que el tratamiento podía "ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias" a las que debiera ser sometido.

Un año y cuatro meses después, la junta de tratamiento de la cárcel de El Puerto III le ha concedido el tercer grado penitenciario. La decisión ha sido ratificada por la Dirección General de Instituciones Penitenciarias con el consentimiento de la Fiscalía y el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

No presentó recurso de amparo

El pasado julio, la defensa de Barberá volvió a solicitar a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla la libertad. Lo hacía después de que el Tribunal Constitucional hubiese estimado los recursos de amparo por los que se han anulado las condenas de otros exaltos cargos socialistas. 

Sin embargo, al no haber presentado este recurso, dicha instancia rechazó la petición. "Por tratarse de un recurso personalísimo, el recurso de amparo solo determina que los efectos de la sentencia que dicte el Tribunal Constitucional se extiendan al recurrente, y no a otros condenados", esgrímía la sentencia.

Asimismo, la Sección Primera de la Audiencia Provincial recordaba que la sentencia de 2019 que condenaba a Agustín Barberá a siete años y un día de cárcel fue confirmada por el Supremo en 2022, "de forma que adquirió firmeza la sentencia de primera instancia y se ordenó el cumplimiento de la condena impuesta".

"No existe ningún precepto legal que pueda justificar el incumplimiento del mandato constitucional del artículo 118 de la Constitución, que proclama la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales", indicaba el auto

"Barberá, a diferencia de otros condenados, no recurrió en amparo ante el Constitucional. Es el propio penado el que consintió su actual situación, por lo que es firme su condena", concluyó el Tribunal.

Pese al rechazo de su solicitud, el consejero de Empleo podrá salir de la cárcel gracias a la resolución de las instituciones penitenciarias, que han priorizado su salud a la hora de concederle el tercer grado.