La Fiscalía Anticorrupción acepta que el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán no entre en prisión debido al cáncer de próstata "muy grave" que padece. Es decir, el Ministerio Público no se va a oponer a la aplicación del artículo 80.4 del Código Penal para la suspensión de su pena.
El exdirigente socialista, que tiene actualmente 77 años, fue condenado a seis años de cárcel por el desfalco del caso ERE. Ahora bien, ya que padece un cáncer, la Justicia ordenó que fuera examinado clínicamente para dirimir si debe o no entrar en prisión.
El último dictamen médico, fechado el pasado 15 de junio, es el tercero y fue solicitado ante la falta de concreción de los anteriores. Lo elaboró el Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla y fue tajante: "En la actualidad, no existen criterios médicos que permitan hablar de remisión del cáncer que padece, por lo que estamos ante una ENFERMEDAD INCURABLE sin perjuicio de que otros tratamientos adecuados puedan posibilitar la remisión de la misma".
[El informe forense aleja de la prisión a Griñán: confirma que sigue "muy grave" por su cáncer]
Ahora, en un escrito enviado a la Audiencia Provincial de Sevilla, consultado por EL ESPAÑOL, la Fiscalía acepta que Griñán evite pisar la cárcel. El tribunal dio a los dos fiscales del caso un plazo de dos días para que valorasen el dictamen de la forense del IML, que desaconsejaba que el expresidente andaluz ingresase en prisión para cumplir su condena. Anticorrupción, en su informe, traslada a la Audiencia Provincial que "no se opone" a ello.
La Justicia también dio este mismo plazo de dos días al PP, que ejerce la acusación popular en esta causa. En ocasiones anteriores, y en relación a su estado de salud, el Partido Popular se han adherido al criterio de la Fiscalía. No obstante, sobre esta última cuestión no se han pronunciado aún.
El último informe
Este dictamen del IML se emitió después de que el expolítico fuese sometido a un tratamiento de radioterapia. La Justicia lo ordenó "a fin de evaluar si persistía la situación de gravedad de la enfermedad o, por el contrario, se había modificado su estadío clínico". A la vista de las conclusiones del Instituto de Medicina Legal, no parece ser el caso.
La forense que lo redactó aclaraba que "no todos los procesos cancerosos son iguales". Tampoco lo son las respuestas a las terapias. De ahí la necesidad de que el análisis de cada enfermo sea individualizado, indicó la profesional.
"En el caso que nos ocupa, aunque alguno de los síntomas secundarios ha mejorado, otros persisten y exigen un control periódico con excarcelaciones frecuentes", expuso en su informe médico. Todo ello, concluyó, "vuelve a hacer patente la dificultad de mantener una dinámica carcelaria".
Además, la forense destacó que un informe anterior, fechado el 24 de mayo, previo al tratamiento de radioterapia, ya advirtió de los problemas que supondría para la propia cárcel que Griñán ingresase en ella. "Tanto en las consultas programadas como no programadas, para el traslado al hospital de referencia, siendo los tratamientos, en general, externalizados", indicó la forense en su dosier.
"No se necesitan solamente cuidados médicos en prisión, sino evitar, entre otros, el peligro de infecciones en personas con un sistema inmunológico deprimido y que pueden suponer riesgos vitales, por la edad (77 años) y por la propia enfermedad, y ello en aras al bienestar físico y psíquico que necesitan estas personas con padecimientos graves", añadía el IML.
La salida de Viera
Hace dos semanas, le fue aplicado el artículo 104.4 del Reglamento Penitenciario (que permite la clasificación de tercer grado de internos penados con padecimientos incurables) al exconsejero socialista de Empleo y Desarrollo Tecnológico José Antonio Viera por el caso ERE.
Ha sido el primero en abandonar la prisión y su salida ha podido allanar el camino al expresidente José Antonio Griñán para eludirla. También, al exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá para que le apliquen esa misma clasificación.
Este último cumple condena desde el pasado mes de abril diagnosticado de un sarcoma de partes blandas —un tipo de tumor maligno—, aunque sigue en segundo grado. La Audiencia ejecutó su pena porque su tratamiento puede ser dispensado en el centro penitenciario con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido.
No obstante, tanto Griñán como el resto de condenados siguen apurando todos los pasos para ser absueltos. Lo último, el recurso de amparo elevado ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia inicial condenatoria, que ha sido admitido a trámite con el voto particular de dos magistrados.
Enrique Arnaldo y César Tolosa defienden que la "relevancia social" del caso no justifica estudiar el asunto, recordando que con Nóos y Gürtel no se hizo.
Los condenados albergan otra esperanza: que el Gobierno les indulte. La ley que regula la medida de gracia no establece plazos y depende de la voluntad política. La fecha actual, al filo de unas elecciones generales, no les favorece, al ser un tema controvertido para el Ejecutivo central.