El Gobierno se siente "desbordado" por la crisis del coronavirus, como ha admitido en la mañana de este mismo martes su ministro de Consumo, Alberto Garzón. Y, en ese sentido, el titular de Sanidad, Salvador Illa, publica en el último Boletín Oficial del Estado, una orden ministerial que le faculta -mientras dure el estado de alarma por el Covid-19- para dar licencias y distribuir mascarillas, equipos de protección individual (EPI) y otro tipo de material sanitario sin que los fabricantes cumplan con los requisitos exigidos por la Unión Europea.
El sello de calidad CE es imprescindible para la fabricación, venta y distribución de todo tipo de productos dentro del territorio de la UE. Un requisito que resulta indispensable aún más en el campo sanitario. Pero excepcionalmente, y mientras dure el estado de alarma -que este mismo jueves se renovará en el Congreso hasta el 26 de abril- Sanidad distribuirá entre las Comunidades Autónomas y hospitales productos sin este sello.
El objetivo del Gobierno, según el texto publicado en el BOE, es "asegurar el abastecimiento del mercado con los productos necesarios para la protección de la salud pública".
Illa se acoge al artículo 13.a) del Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma el pasado 14 de marzo. El texto le habilitaba, como "autoridad delegada competente", para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Este texto contempla todo tipo de "medidas dirigidas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública".
"Sin satisfacer los procedimientos"
Esto quiere decir que, según explica la orden ministerial con fecha de este martes, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios "podrá autorizar de forma expresa la puesta en el mercado y la puesta en servicio de productos para los cuales no se hayan satisfecho los procedimientos de evaluación relativos a la colocación del marcado CE".
El Gobierno considera necesario establecer, durante la vigencia del estado de alarma, "medidas especiales para el otorgamiento de licencias previas de funcionamiento de instalaciones y el aseguramiento de las garantías sanitarias de aquellos productos sanitarios imprescindibles para el tratamiento inmediato de los afectados por el Covid-19".
Es decir, que no sólo se distribuirán productos como batas quirúrgicas o mascarillas de protección especial para sanitarios sin el sello, sino que se otorgarán licencias a empresas que deriven su producción a este tipo de insumos, sin pasar los procedimientos habituales.
¿Y si no funcionan?
¿Y si los productos salen defectuosos? ¿Y si aparte de no contar con el sello CE, no cumplen efectivamente con la protección sanitaria para la que se fabrican y distribuyen? ¿Y si como consecuencia de ello los sanitarios no están protegidos ante la infección por coronavirus?
"La eventual responsabilidad patrimonial que pudiera imputarse", dice el BOE, "por razón de la licencia excepcional previa de funcionamiento de instalaciones, el uso de productos sin el marcado CE, o de las garantías sanitarias no exigidas a un producto será asumida por la Administración General del Estado".
Eso sí, el Estado obliga a que las empresas entreguen este material, "o cualesquiera otras que intervengan en dicho proceso", lo hagan sin "la obtención de ningún tipo de beneficio empresarial" si quieren acogerse a esta normativa.
Es decir, que Sanidad asume las consecuencias de estas licencias excepcionales que otorgará desde este martes a empresas que no cumplen sus propios requisitos -acogiéndose a un artículo del Real Decreto 1591/2009 que regula los productos sanitarios-, pero sólo para quien fabrique y distribuya gratis las mascarillas, las batas quirúrgicas y otros materiales de protección individual.