El líder del PP, Pablo Casado, ha anunciado este viernes que su partido ha recurrido a la Junta Electoral Central mediante la presentación de un escrito para pedir la inhabilitación del presidente de la Generalitat, Quim Torra.
El Partido Popular ya se dirigió a la Junta Electoral Provincial de Barcelona para conseguir que dejara de serlo, aunque el pasado martes el árbitro electoral para la provincia barcelonesa desestimó la petición al entender que la sentencia no era firme.
Casado ha indicado que un escrito similar ha presentado el PP para evitar que el líder de ERC, Oriol Junqueras, actualmente en prisión por un delito de sedición, sea eurodiputado una vez el Tribunal de Justicia de la UE haya resuelto que el dirigente catalán tendría que haber disfrutado de inmunidad desde el día de las elecciones.
En declaraciones a los medios en el municipio alicantino de Almoradí, el presidente del PP ha destacado que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que una "persona condenada" por sentencia firme no puede ejercer como parlamentario, tampoco en la Unión Europea. Entre otras razones, ha subrayado, porque Junqueras está "inhabilitado".
Torra ha sido el otro cargo al que se ha referido el PP en su decisión de acudir a la Junta Electoral Central, en su caso por un delito de desobediencia, tal y como decidió el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña hace unos pocos días.
Aunque a él no le se aplicó una sentencia firme y cabe la opción de que recurra, el PP considera que al presidente de la Generalitat hay que adjudicarle la inhabilitación por "incompatibilidad sobrevenida", figura que recoge la Loreg y que la Junta Electoral Central ya ha puesto en práctica con alcaldes en acuerdos de años anteriores.
"Torra deba dejar su puesto de presidente de la Generalitat. Como el Gobierno no lo hace, lo hacemos nosotros", ha afirmado Pablo Casado.
El PP, conocida la decisión, se ha dirigido a la Junta Electoral Central para denunciar el acuerdo de la Junta de Barcelona, que tilda de "interpretación propia" y "absolutamente ajena a su competencia".
Según consta en el texto enviado a la JEC, los populares señalan que el artículo 6.2 b de la Loreg es "taxativo" cuando establece que no pueden ser elegibles "los condenados por sentencia, aunque no sea firme", por delitos, entre otros, contra la administración pública o contra las instituciones del Estado.
Es lo que ha sucedido con Torra cuando, por un delito de desobediencia, en concreto desacatar las instrucciones de la Junta Electoral Central para retirar lazos amarillos de las fachadas de edificios públicos, ha sido condenado a inhabilitación durante año y medio.
Esa inhabilitación se decreta por una causa sobrevenida, y la Junta Electoral Central ha dictaminado en casos relativos a alcaldes que hay que ejecutar entonces la "incompatibilidad sobrevenida", tipificada en la Loreg.
Por tanto, si a Torra se le aplica este extremo, se le retiraría la credencial, dejaría su vacante en el Parlamento de Cataluña, le sustituiría el siguiente en la lista electoral por Barcelona y, como el Estatuto impide que sea presidente quien no es diputado autonómico, dejaría la Presidencia de la Generalitat.
El PP, por ello, pide a la JEC que revoque el acuerdo de la Junta de Barcelona y deje vacante el escaño de Torra, después de la retirada de la credencial, dado que en Cataluña no hay legislación electoral propia, actúa la Loreg y, como además no hay Junta Electoral de ámbito autonómico, lo acuerdos de la JEC son aquí ejecutables.