La Fiscalía Anticorrupción considera que la medida de prisión incondicional dictada por la Audiencia Nacional contra el expresidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González está plenamente motivada y, por tanto, considera el recurso que ha presentado su defensa ante la Sala de lo Penal pidiendo su puesta en libertad bajo arresto domiciliario es "errática y extravagante".
El abogado de González recurrió ante la Sala el auto del juez Manuel García Castellón para pedir la revisión de la medida de prisión por "incongruencia omisiva", ya que el magistrado no contestó convenientemente a las sugerencias que plantea el expresidente.
Sin embargo, el fiscal Anticorrupción Carlos Yáñez -encargado del 'caso Lezo'- no ve "en modo alguno" esa incongruencia omisiva, ya que opina que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 ha dado "respuesta clara" a las peticiones de libertad del expresidente madrileño.
"Una vez que el juez motiva su decisión de mantener la medida de prisión, no tiene que dar respuesta a otras peticiones alternativas, pues la motivación o justificación legal de la medida más grave conlleva necesariamente un juicio negativo sobre la posible adopción de las medidas de menor intensidad. En definitiva, el auto recurrido ha dado respuesta a la petición principal de la parte", explica el representante del Ministerio Público.
Sobre las medidas alternativas que proponía la defensa de González -cambiar la prisión provisional por arresto domiciliario o la intervención de sus comunicaciones telefónicas-, Yáñez también las desdeña en su escrito de impugnación del recurso.
"Tan inútil como legal"
A su juicio, es "cuando menos llamativo" que se plantee al Juzgado la posibilidad de intervenir las comunicaciones de González, ya que se trata de una "petición tan inútil como ilegal". Y sobre el arresto domiciliario, el fiscal recuerda que esta medida se adopta por "razón de enfermedad" o en caso de que la prisión suponga "grave peligro para la salud" y, en lo que respecta al expresidente, opina que se encuentra "en perfectas condiciones de salud".
"Como a cualquier justiciable, el ingreso en prisión puede ocasionar pesadumbre o deterioro personal. Eso es una cosa y otra muy distinta es lo que señala el recurso al expresar que 'la prisión incondicional lesiona los derechos a la salud y a la integridad moral'", señala Yáñez.
El fiscal Anticorrupción, por tanto, insiste en que entiende que a González, "como a cualquier recluso, no le gusta estar en prisión" y esta circunstancia le causa "un estado anímico de cierta depresión", pero no ve razones suficientes para su excarcelación: "Al menos no se ha aportado ni un solo documento que acredite que Ignacio González padezca enfermedad alguna", apunta.
Yáñez, así pues, comparte con el magistrado García Castellón el argumento para mantener al exdirigente del PP de Madrid en prisión, ya que "se cumplen escrupulosamente" los criterios aportados para ello. Además, subraya que las condiciones no han variado desde que se ordenó esta medida el pasado 21 de abril.
"Cantidad ingente de fondos de origen delictivo"
El Ministerio Público desdeña también el argumento de la defensa de González que señala que no existe "el más mínimo indicio fundado" de que disponga de medios económicos en el extranjero. Y es que Yáñez recuerda que en el sumario se recoge documentación que acredita que el expresidente "proyectó inversiones millonarias en distintas sociedades presuntamente destinadas a blanquear dinero negro", lo que supone un "indicio claro de que el investigado maneja una cantidad ingente de fondos de origen delictivo".
"De las actuaciones resultan indicios objetivos de que el señor González y su entorno disponen de capacidad económica y operativa en España y en el extranjero, lo que puede sin duda facilitar la huida del mismo a una jurisdicción internacional que sea poco receptiva a la cooperación internacional", advierte.
En cuanto a los motivos que da el juez para no excarcelar a González relacionados con la posible destrucción u ocultación de pruebas, el fiscal considera que "para el buen fin de la instrucción judicial" es necesario preservarla de "injerencias que frustren las actuaciones en curso".
Así, afirma que "las vicisitudes acaecidas en esta instrucción han demostrado que el señor González tiene una capacidad inusitada para protegerse frente a la instrucción judicial y esta capacidad en modo alguno ha desaparecido, por lo que persiste un evidente riesgo de destrucción de pruebas".