El Tribunal General de la Unión Europea ha dictaminado este miércoles que los operadores de plataformas de televisión digital terrestre (TDT) en España deben devolver un total de 260 millones de subvenciones recibidas entre 2005 y 2009. El fallo concluye que estas ayudas son ilegales porque discriminaron a otras tecnologías como el satélite, el cable o internet. La justicia europea ha rechazado simultáneamente los siete recursos planteados por el Gobierno español, el País Vasco, Cataluña y Galicia, y varias empresas como Abertis.

Los principales afectados por la decisión son operadores públicos regionales y también Cellnex Telecom, la antigua Abertis Telecom, que salió a bolsa el pasado mes de mayo y de la que el grupo Abertis tiene un 34%. Cataluña es la comunidad autónoma que debe recuperar más ayudas públicas (52 millones de euros), seguida de Castilla y León (44 millones), Galicia (17 millones), Asturias (14 millones), Países Vasco (10 millones), Aragón (9 millones) o Navarra (7 millones). En la lista no aparece Castilla-La Mancha porque contra ella existe un expediente separado. Bruselas le reclama que recupere 46 millones de euros, pero sobre este caso todavía no hay sentencia final.

Desde Cellnex Telecom explican a EL ESPAÑOL que a día de hoy todavía no es posible anticipar el montante final que deberá ser "efectivamente" recuperado ni lo que tendrá que pagar cada beneficiario. No obstante, los operadores que fueron adjudicatarios de los concursos se plantean activar demandas contra las administraciones "por daños y perjuicios patrimoniales, así como por enriquecimiento injusto".

"El hecho es que la administración se ha beneficiado de un servicio de cuya contraprestación se reclama la devolución por un error (los pliegos) atribuible a la propia administración", señalan fuentes del sector. Los adjudicatarios de los concursos actuaron de buena fe y han suministrado y prestado tanto los equipos como los servicios que les fueron adjudicados, alegan.

Bruselas pide a España que recupere ya las ayudas

El fallo del Tribunal General da la razón a la Comisión Europea, que ya ordenó la devolución de estas ayudas ilegales en junio de 2013. El procedimiento de reembolso ya se ha iniciado, pero hasta ahora apenas se han recuperado menos de dos millones de euros. "De conformidad con la sentencia de hoy, la Comisión espera que España implemente plenamente y sin más demora la decisión de 2013", ha dicho el portavoz de Competencia, Ricardo Cardoso.

El plan de subvenciones anulado se desplegó entre los años 2005 y 2009, durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Su objetivo era facilitar la transición de la televisión analógica a la digital en las zonas remotas de España, que abarcan a alrededor del 2,5% de la población. En total, se concedieron ayudas públicas por valor de 260 millones de euros, según los cálculos de Bruselas. Las subvenciones nunca fueron comunicadas al Ejecutivo comunitario.

 

Denuncia de Astra

 

La Comisión empezó a investigar estas ayudas tras recibir una denuncia del operador de satélites Astra en mayo de 2009. Astra había ganado a principios de 2008 la licitación para dar la cobertura de televisión digital en Cantabria. Pero a finales de ese año el gobierno regional anuló el contrato. Y lo hizo después de haber sido informado de que el Gobierno central daría ayudas públicas para financiar la transición de la red analógica y la digital.

 

Tras investigar el caso, Bruselas concluyó que el plan español es incompatible con las normas de la UE sobre ayudas estatales. Las subvenciones favorecieron a la tecnología digital terrestre en detrimento de otras y falsearon indebidamente la competencia. Los operadores de plataformas terrestres recibieron una “ventaja selectiva” respecto a sus rivales que usan otras tecnologías como el satélite, el cable o internet. Por ello, la Comisión reclamó la recuperación de las ayudas.

España no respeta la neutralidad tecnológica

 

La sentencia del Tribunal General respalda las conclusiones de Bruselas y desestima todos los argumentos de defensa presentados por España. Según el fallo, “la Comisión estimó fundadamente que las medidas controvertidas no podían considerarse una ayuda estatal compatible con el mercado interior, especialmente porque no respetaban el principio de neutralidad tecnológica”.

 

“Ningún estudio presentado por las autoridades españolas podía justificar la elección de la plataforma terrestre, puesto que tales estudios no aportaban pruebas suficientes de la superioridad de ésta frente a la plataforma de satélite”, dice el fallo.

 

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