Audiencia Provincial de Cuenca. Imagen de archivo

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Un hombre se enfrenta a 35 años de cárcel por obligar a su hermano de 10 años y a otro menor a practicarle felaciones

Los hechos que juzgará la Audiencia Provincial de Cuenca ocurrieron en 2020 y 2021. La segunda víctima tenía por aquel entonces 14 años.

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La Audiencia Provincial de Cuenca acoge este jueves, 23 de enero, el juicio contra A.T.P., un hombre que se enfrenta a 35 años de cárcel por obligar a su hermano de 10 y a otro menor de 14 años a practicarle felaciones.

Los hechos que se van a juzgar ocurrieron durante los años 2020 y 2021 cuando el acusado obligó a su hermano pequeño a realizarle felaciones de las que se encontraron imágenes que él mismo había tomado en su teléfono móvil, según recoge el escrito de acusación consultado por Europa Press. 

Por otra parte, también en 2020, A.T.P. acudió a la vivienda donde habitaba el otro menor de 14 años y con ánimo lúbrico le propuso mantener sexo oral, a lo que el menor accedió practicándole una felación. Estos actos volvieron a producirse un año después en una casa deshabitada.

De esta manera, el escrito señala que el 14 de julio de 2021 el acusado tuvo una conversación con este menor de edad a través de la aplicación Whatsapp en la que le propuso un encuentro sexual. El 31 de agosto de ese mismo año, se volvió a producir un diálogo de contenido sexual entre ambos en la que el ahora acusado propuso a su hermano que le mandara una foto de sus pies, a lo que él respondió con una imagen de su pene. 

Por estos hechos, A.T.P. se enfrenta a un delito continuado de agresión sexual a un menor de 16 años, descrito en el el artículo 181.1, 3 y 4.e del Código Penal en relación con el artículo 74, penado con 12 años de prisión; además de dos delitos adicionales de agresión a un menor, castigados con diez años cada uno; y un delito contra la indemnidad sexual de menores de 16 años, por el que podría ser sancionado con tres años más de cárcel. En total, 35 años de petición de condena.

El escrito de acusación pide también diez años de libertad vigilada, prohibición de comunicación del acusado con la víctima durante 24 años e inhabilitación para profesiones en las que haya contacto con menores, además de una indemnización de 10.000 euros.