El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) ha sido condenado por la falta de medios y retraso en la atención sanitaria a un menor de Cuenca que, como consecuencia de un diagnóstico erróneo, perdió un testículo, algo que la Justicia ha calificado como una negligencia médica.
Según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que ha hecho pública la asociación 'El Defensor del Paciente', el SESCAM y su aseguradora deberán indeminizar con 57.089 al pequeño por daños y secuelas derivados del error de diagnóstico.
Fue en enero de 2019 cuando este niño, de 14 meses de edad, fue diagnosticado de "maldescenso testicular derecho", siendo remitido al Hospital Niño Jesús de Madrid, donde fue intervenido. A los dos días del alta, en febrero, acudió al centro de salud de Campillo de Altobuey (Cuenca) al presentar una gran inflamación y hematoma y desde ahí fue derivado al Hospital de Albacete con el diagnóstico de "escroto agudo".
En el Complejo Hospitalario de Albacete, el menor fue atendido por dos residentes que, desconociendo los antecentes de la pediatra, le diagnosticaron catarro de vías altas y le dieron el alta, "ignorando el motivo principal del traslado". Una actuación que la sentencia valora "de suma importancia", ya que "se debieron efectuar las pruebas necesarias para conocer la causa que motivaba la consulta".
A los dos días, el pequeño y sus padres acudieron nuevamente al centro de salud, que volvió a remitir al niño al hospital con el diagnóstico de escroto agudo. Al llegar se le realizó una ecografía que "ponía de manifiesto el absceso escrotal y la situación necrótica del testículo", que tuvo que ser extirpado.
"La omisión de pruebas necesarias y el retraso en la atención sanitaria fue lo que originó el daño y la pérdida del testículo", ha indicado el 'El Defensor del Paciente', cuya abogada Carmen Fernández-Bravo ha defendido los intereses de la familia durante el procedimiento judicial.
"Mala praxis por error de diagnóstico"
Ese "grave daño" fue valorado en un primer momento por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca en la cantidad de 20.920 euros, aplicando la pérdida de oportunidad. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia -tras un recurso presentado por los padres- ha señalado que "no existe en este caso pérdida de oportunidad", sino una "mala praxis por error de diagnóstico, acreditando la relación de causalidad con el daño sufrido".
Por este motivo, se ha elevado la indemnización y el SESCAM también tendrá que asumir las costas del procedimiento "por no haber dictado la Administración resolución a la reclamación presentada".
La sentencia destaca la "severidad con la que han de cumplirse los protocolos médicos cuando se trata de menores", más cuando son de corta edad, como en el caso que pueden expresarse peor acerca de lo que les ocurre.
En segundo lugar, matiza, de forma "muy importante", cómo llama la atención que los profesionales que efectuaron la atención al pequeño -médicos residentes- hicieran una valoración especializada en urgencias "sin que su trabajo fuera tutelado por los que tenían a cargo su formación", máxime cuando lo derivó un pediatra, "a priori con mayor formación, conocimiento y experiencia", para un estudio más profundo.
Por último, justificando a más abundar la imposición de costas, da "un tirón de orejas" a la Administración por "no haber resuelto expresamente la reclamación del ciudadano cuando esta tenía todos los antecedentes para resolver favorablemente antes de interponer la demanda", obligando a litigar en un largo camino hasta obtener en justicia esta resolución judicial.