Golpe duro para el FC Barcelona. Robert Lewandowski tendrá que cumplir los tres partidos de sanción que le fueron impuestos tras el duelo contra Osasuna antes del parón de la competición por el Mundial de Qatar. El TAD ha confirmado la penalización para el delantero polaco que no podrá estar a las órdenes de Xavi Hernández en el duelo contra el Atlético de Madrid.
El ariete del conjunto azulgrana estuvo en el partido que el Barça empató contra el RCD Espanyol en el Camp Nou después de habérsele concedido la cautelar de dicha sanción. Una decisión muy polémica y que generó un gran revuelo, llevando incluso al equipo perico a impugnar el partido después de haber conseguido sacar un punto del coliseo blaugrana. Ahora, el TAD ha ratificado la decisión de la siguiente forma:
"La Resolución del Comité de Apelación confirma la resolución sancionadora del Juez de Competición de la RFEF, de fecha de 16 de noviembre de 2022 respecto los hechos recogidos en el acta arbitral del partido correspondiente a la jornada 14 del Campeonato Primera División Liga Regular Único, celebrado el día 8 de noviembre de 2022, entre el Club Atlético Osasuna y el Fútbol Club Barcelona".
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"En dicha resolución se acordó confirmar la amonestación recibida en el minuto 10 y la consiguiente expulsión de que fue objeto en el minuto 30 por doble amarilla al jugador D. Robert Lewandowski, con las consecuencias disciplinarias correspondientes que, en aplicación del artículo 120.1 del Código Disciplinario de la RFEF, son de un partido de suspensión e imponer al jugador D. Robert Lewandowski, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 124 del Código Disciplinario de la RFEF, la sanción de dos partidos de suspensión por haberse dirigido al árbitro con actitud de menosprecio o desconsideración".
Sanción para Robert Lewandowski
El Tribunal Administrativo del Deporte se reunió este miércoles a las 13:00 horas para, entre otras cosas, tomar una decisión sobre el caso del jugador polaco. Finalmente, el veredicto ha sido firme y el actual pichichi de La Liga se perderá los tres próximos partidos de la competición nacional del FC Barcelona: no estará frente al Atlético de Madrid, el Getafe ni el Girona.
Sí podrá jugar en Copa y en la Supercopa de España, ya que la sanción solo afecta al campeonato de la regularidad. Por lo tanto, no volverá a vestirse de corto en Liga hasta el próximo 1 de febrero, cuando el equipo de Xavi Hernández dispute su correspondiente jornada del torneo contra el Real Betis de Manuel Pellegrini.
El FC Barcelona decidió recurrir la sanción impuesta a Robert Lewandowski de tres partidos, quien fue expulsado por doble tarjeta amarilla y que más tarde hizo gestos hacia el árbitro que fueron valorados como desconsideración. Así se recogió de hecho en el acta correspondiente al duelo disputado en El Sadar.
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Después, Cristina Belloque Acauso actuó en nombre y representación de la entidad culé contra la resolución del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol. El propio Comité de Apelación, en comunión con el TAD, desestimó las primeras alegaciones del FC Barcelona. Ahí fue cuando el club catalán acudió al Tribunal Central Contencioso de Madrid, quien concedió la cautelar a la estrella polaca.
Sin embargo, tras la reciente manifestación del Tribunal Administrativo del Deporte, ha dejado claro que no acepta los recursos interpuestos por el Barça y que su jugador tendrá que cumplir, como estaba estipulado, los tres partidos de sanción. Empezando por el próximo contra el Atlético de Madrid.
Con esta decisión, el TAD confirma las dos tarjetas amarillas vistas por Lewandowski, en los minutos 10 y 30 de la primera parte del citado duelo contra Osasuna, las cuales le acarrean un primer partido de sanción. El Barça solicitó en su primera protesta que la primera cartulina vista por el ariete era errónea y que, por lo tanto, no debería haber tal sanción de un partido por expulsión, algo que ha sido nuevamente rechazado. Además, ratifica también los dos partidos impuestos tras el polémico gesto realizado por el delantero hacia el árbitro del choque.
La reivindicación del TAD
Por último, el Tribunal de Administrativo del Deporte ha querido dejar claras sus competencias una vez más tras el revuelo generado: "La pertinente intervención administrativa nunca podrá suponer rearbitrar la competición o prueba deportiva de referencia, sino que corresponde a este Tribunal, exclusivamente, pronunciarse sobre las supuestas consecuencias disciplinarias que provoquen las decisiones de los jueces o árbitros en cuestión que se hayan tomado durante la misma. Por tanto, compete a este Tribunal pronunciarse únicamente sobre aquellas cuestiones que conlleven consecuencias disciplinarias".
"En su virtud, este Tribunal Administrativo del Deporte acuerda desestimar el recurso formulado por Da Cristina Belloque Acauso, actuando en nombre y representación de la entidad Fútbol Club Barcelona, contra la resolución del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), de fecha de 5 de diciembre de 2022, debiéndose confirmar íntegramente la resolución recurrida".
"La presente resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Madrid, en el plazo de dos meses desde su notificación".