El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu acaba de archivar la querella interpuesta por varias asociaciones y apoyada por la Fiscalía por posibles indicios de delitos de injurias contra el titular de la Corona y de ultrajes a los símbolos o emblemas de España por la pitada que se hizo en el Camp Nou el 30 de mayo de 2015 antes del partido entre el Barcelona y el Athletic Club Bilbao en la final de la Copa del Rey con la asistencia de Felipe VI.
La pitada de miles de personas en las gradas duró un minuto, mientras sonaba el himno del España. Con el estadio lleno los pitidos se hicieron notar en el Camp Nou, mientras ondeaba una estelada gigante en la zona de seguidores barcelonistas.
En un auto, el magistrado califica de “desagradables” los hechos ocurrido pero entiende que no hay un comportamiento injurioso. Según explica, la querella denunciaba no solo un comportamiento injuriante sino una intencionalidad finalista, como es la de obtener la independencia de la Comunidad de Cataluña del Reino de España, todo ello encubierto bajo el disfraz de la "libertad de expresión" y llevado a cabo con una manipulación de la misma.
“Sea cual fuera la finalidad que se persiguiera con la actuación objeto de la querella, es de afirmar que no se ha perpetrado ninguno de los delitos a que se contrae aquélla”, recoge el auto.
Según explica, los incidentes que se describen “no son ejemplo ni de educación ni de civismo mínimo exigible para ser respetado, pues, para ello, lo primero es que el que en ese déficit se proclama se haga respetar y que no parece el supuesto que nos ocupa, pues, quien así se mueve, se orienta justamente en lo contrario y además valiéndose del amparo y protección de la numerosa concurrencia de personas en el encuentro futbolístico, de práctica impunidad, participando en esa 'sonada' cuando hicieron su aparición sus Majestades los Reyes de España”.
Así, recalca que se puede estar en desacuerdo con instituciones o símbolos del Estado y su forma y régimen fijados en el marco constitucional vigente, “siendo distinto el modo en que ello se manifieste”. “Este Tribunal entiende que no encaja en los preceptos penales denunciados el comportamiento más que desagradable que hubieron de soportar los monarcas y todo aquél que no compartiera lo que estuviera aconteciendo, no sólo concurrentes al encuentro deportivo, sino, cualquiera que no se identifica con tales actitudes”.
Malestar con el símbolo de la Nación
A pesar de ello, no se está, según el juez, en presencia de una conducta ni injuriosa contra el jefe del Estado ni tampoco del delito de ultrajes a España. “Responde más bien lo ocurrido a generar malestar a quien es símbolo de la unidad de la Nación, de ahí las pitadas que hubieron de escuchar sus Majestades los Reyes en tanto el himno nacional, proveniente de personas presentes en el campo de fútbol, en pro de lo que corría por internet acerca de los dos 'países' y derivado de ello, de la oficialidad de las selecciones deportivas que competían, en demostración ostentosa de ello”.
Asimismo, tampoco ve delito en el hecho de colocar una pancarta diciendo "adiós España" en idioma inglés a la par de que se exhibía una bandera catalana independentista. A su juicio, “es una forma de patentizar se prefiere frente a lo que convive pero no se acepta”.