Cada cultura tiene un modo de entender la sexualidad y el afecto: en Mesopotamia, por ejemplo, el erotismo era algo muy valorado porque se consideraba un medio para alcanzar la felicidad. No obstante, a pesar de este presunto aperturismo -que se manifestaba, por ejemplo, en un arte muy explícito-, el régimen era bien patriarcal: el papel de la hembra era el de la sumisión y su labor era meramente reproductiva, como puede comprobarse en el Código de Hammurabi.
La ‘pureza’ de la descendencia era fundamental para su sociedad, por eso la libertad sexual del hombre se regía por unos cánones y la de la mujer por unos… mucho más estrictos. Ella pertenecía primero al padre y luego al marido. Tanto era así que, tras el contrato de compromiso -el matrimonio-, el pago de las familias del novio, la ceremonia y las relaciones sexuales entre la pareja -ella tenía que llegar virgen, por supuesto-, si la joven no podía concebir o no había llegado casta a ese momento se la podía ‘devolver’ a su familia junto a su dote, como si de un trapo se tratase.
La infertilidad era el mayor drama posible: el esposo, si su mujer era estéril, podría tener una segunda mujer para seguir intentándolo. También los padres podían entregar a su hija a Dios para que se convirtiese en sacerdotisa. ¿Qué había del divorcio? Bien: el marido podía separarse de su esposa en cualquier momento, sin necesidad de justificación; pero si había tenido hijos con ella, la joven podía quedarse con la dote, con los vástagos y con los derechos de propiedad. De alguna manera, estarían siempre vinculados, porque al morir el ex marido, ella tenía derecho a una parte proporcional de su herencia, igual que sus hijos.
En cambio, si la pareja no había tenido hijos, la mujer era devuelta a su hogar paterno con su dote más una indemnización. La esposa sí que podía solicitar el divorcio si podía demostrar el poco cuidado del marido hacia la relación y la familia: ahí podía irse con sus hijos y con su dote a casa paterna. Pero si se demostraba que el enlace se había roto por culpa de ella, lo perdía todo. A las mujeres viudas las cuidaba el Estado: las protegía para que pudiesen vivir dignamente.
El adulterio y la violación
“Adulterio” en Mesopotamia significaba que una “mujer casada tuviese relaciones con otro hombre que no fuese su marido”. Es decir: los hombres no podían cometer adulterio… ni aunque lo cometieran, siempre que fuese con hembras solteras. Si la mujer cometía adulterio con su amante, el marido podía arrojarlos a los dos al río y dejarlos ahogarse. Si se mostraba piadoso y quería salvar a su mujer, podía hacerlo, pero a condición de salvar también al hombre con el que lo engañaba. ¿Y si no podían demostrarse los cuernos? Entonces ella tenía que jurar su inocencia delante de un sacerdote y podía regresar a casa con su marido.
Pero, ¿y si el marido tenía testigos; tenía otros acusadores que avalasen su testimonio? Ahí ella debería someterse a una extraña prueba, casi religiosa: además de jurar ante el sacerdote y los dioses su inocencia, debía arrojarse al río. Si se ahogaba, se consideraba que era culpable. Si sobrevívía, se pensaba que las divinidades habían acudido a socorrerla porque su inocencia era real. Así era la terrible ‘prueba del algodón’ de la fidelidad que se aplicaba con las mujeres. Terrible, especialmente, por lo complicado que era salir vivo de aquella: casi nadie en esos tiempos sabía nadar en Mesopotamia. Aquí lo que dicta el código de Hammurabi al respecto:
Artículo 129: “Si la esposa de un hombre ha sido sorprendida mientras estaba acostado con otro varón, se los atará y se los echará al agua. Si el dueño de la esposa deja vivir a su esposa, entonces el rey dejará vivir a su servidor”.
Artículo 131: “Si el marido sólo tenía dudas y no sorprende a los adúlteros, la mujer debe pronunciar un juramento ante Dios para confirmar su inocencia y podría volver a casa de su padre”.
Artículo 132: “Si uno ha dirigido su dedo contra la mujer de otro a causa de otro hombre, y si ella no ha sido sorprendida con el otro hombre, o acusa a su marido, ella se arrojará al río”.
Hay algo más: si el padre tenía relaciones incestuosas con su hija, sería expulsado de la ciudad. Si la madre las tenía con su hijo, ambos serían quemados. El castigo de la violación era, llanamente, la pena de muerte: pero sólo en el caso de que la mujer estuviese casada, ¡y no por protegerla!, sino por proteger las propiedades del hombre. Si la chica violada no estaba casada, su familia recibía una compensación y el violador estaba obligado a casarse con ella, para "hacerse cargo" de lo que había hecho y -según la concepción machista- no dejar a una "mujer-despojo" tirada en la sociedad.
Ojo a este último detalle: si el violador sí estaba casado, el padre de la mujer casada tenía derecho a acostarse con la mujer del violador. Pacto -terrorífico- entre caballeros.