Nueva multa contra Mediaset España en menos de una semana. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 653.456 euros al grupo de comunicación por la emisión de comunicaciones comerciales de bebidas alcohólicas de graduación inferior a 20 grados, fuera de la franja horaria comprendida entre las 20:30 y las 06:00 del día siguiente.
Si bien la publicidad de bebidas con graduación alcohólica superior a 20 grados está prohibida, en el caso de bebidas alcohólicas de graduación menor a 20 grados sí que se permiten las comunicaciones comerciales entre las 20:30 y las 06:00.
En concreto, el artículo 18 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, establece que “está prohibida la comunicación comercial que fomente comportamientos nocivos para la salud”, y, más concretamente, “la comunicación comercial televisiva de bebidas alcohólicas con un nivel inferior a veinte grados cuando se emita fuera de la franja de tiempo entre las 20,30 horas y las 6 horas del día siguiente, salvo que esta publicidad forme parte indivisible de la adquisición de derechos y de la producción de la señal a difundir”.
Las infracciones -de carácter grave- se detectaron en Telecinco, FDF, Cuatro, Divinity y Energy entre los meses de julio y agosto de 2015. En concreto se refiere a las campañas de CMATEUS ROSE/VINO y BARCELO CREAM/CREMA LICOR.
Contra esta decisión, Mediaset podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses. De momento, el grupo ha alegado que la campaña de MATEUS ROSE se emitió por error fuera del horario legalmente permitido por motivos estivales y falta de personal y que la de BARCELO CREAM es una campaña de patrocinio vinculada a un programa que, por cambio de parrilla, arrastró el patrocinio a horarios prohibidos para este tipo de publicidad y, debido al periodo estival, el error no pudo ser subsanado de inmediato.