El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado la ley de renovables de Aragón, impulsada por el Gobierno del socialista Javier Lambán con el objetivo de abaratar el coste de la electricidad y hacer de Aragón una región más competitiva.
El pleno del Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno de España contra el Decreto ley 1/2023, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, que incluía “medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en la Comunidad”.
La sentencia no comparte las razones de urgencia esgrimidas por el cuatripartito (PSOE, CHA, Podemos y PAR) para recurrir a la fórmula del Decreto ley. En concreto, dice que las referencias a la covid-19 y al conflicto armado en Ucrania “se hacen de forma abstracta y genérica”, lo que “no permite cumplir las exigencias de una definición explícita y razonada del presupuesto habilitantes conforme a las exigencias de la doctrina constitucional”.
“Por el contrario, no existe ninguna explicación de por qué la norma impugnada debe ser aprobada con una urgencia extraordinaria, sustrayéndola del procedimiento legislativo en detrimento de las minorías parlamentarias, en especial cuando se trata de una reforma de gran envergadura con repercusión directa en todo el sistema eléctrico y en los costes energéticos y cuya finalidad es cambiar el modelo de energía en la comunidad autónoma de Aragón”, dicen desde el Constitucional.
Su principal conclusión es que la normativa es, en su conjunto, contraria al artículo 86.1 de la Constitución Española “por falta de presupuesto habilitante”, de ahí que haya declarado su inconstitucionalidad.
La respuesta de Aragón
Para el actual Gobierno de Aragón, liderado por el popular Jorge Azcón, este es “un varapalo más a la actividad legislativa” del anterior Ejecutivo. “En cualquier caso, hay tranquilidad tanto política como jurídica”, ha remarcado la vicepresidenta, Mar Vaquero.
La DGA ha puesto la sentencia en manos de sus servicios jurídicos para hacer el correspondiente análisis. La parte positiva, según la también consejera de Presidencia, Economía y Justicia, es que el pronunciamiento “no entra al fondo de los diferentes artículos, sino a la forma” al considerar que la figura del Decreto ley a la que se recurrió “no era la adecuada por no estar justificada la urgencia”.
Pese a todo, ha querido recalcar que el fallo “no afecta a la gestión energética que se está desarrollando en estos momentos por parte del Gobierno de Aragón” ni a la tramitación de los expedientes. “Tenemos que tener en cuenta que ya era una norma de escasa aplicación”, ha resaltado.
En este sentido, ha subrayado que “los proyectos energéticos, vengan o no aparejados con un proyecto de inversiones estratégicas, podrán tener la posibilidad de ser declarados de interés general autonómico”. “Lo que sí decae con esta sentencia es el fondo de soberanía energética previsto en el decreto”, ha matizado.
Pese a todo, el Ejecutivo se reserva la capacidad de impulsar modificaciones o nuevas normativas “con negociación previa con las demás formaciones políticas” para aprobar normativas complementarias “que puedan ser importantes para continuar con la gestión energética y conseguir que la energía renovable que se está produciendo en Aragón sirva para atraer más inversiones y favorecer el desarrollo de la industria y la actividad económica”.