Alicante

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado hoy un auto por el que desestima la medida cautelar de suspender la limitaciones por Covid solicitada por la hostelería y el ocio.

El alto tribunal valenciano deniega la suspensión de los apartados 11 y 12 del artículo 2, que fija, entre otras, restricciones horarias (cierre a las 1.00 horas en la hostelería y la restauración y a las 2.00 horas en el ocio nocturno), o relativas a aforos en el interior de establecimientos.

Según la nota emitida por el TSJCV, el Tribunal no aprecia la afectación de derechos fundamentales, en concreto del derecho de reunión, que invocaba la parte actora, por el límite establecido a la ocupación de mesas.

No razonable

Por otro lado, la Sala entiende que las medidas aprobadas por la Conselleria para estos sectores económicos cumplen el juicio de necesidad, idoneidad y proporcionalidad. “Lo que pretenden los recurrentes se acerca a una vuelta a la completa normalidad, lo que -todavía- no parece razonable, dado que no se ha alcanzado la llamada inmunidad de rebaño o completa normalidad”, precisan los magistrados.

En definitiva, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del TSJCV considera que satisfacer la pretensión de los recurrentes “podría suponer la perturbación grave de los intereses generales”.

Más de lo mismo

No es la primera vez que el TSJCV se pone del lado del Gobierno valenciano (PSOE-Compromís-Podemos) durante esta crisis sanitaria. El pasado 7 de mayo dio cobertura legal a las restricciones impuestas por la Generalitat que preside Ximo Puig.

En aquel caso avaló las limitaciones de la circulación de personas entre las 00.00 y las 6.00 horas, la limitación de las agrupaciones o reuniones de carácter familiar y/o social a un número máximo de 10 personas y la reducción al 75% del aforo en los lugares de culto.

Esta vez 12 asociaciones de toda la Comunidad se han unido para trazar una hoja de ruta única, contra todas las limitaciones "ante los graves perjuicios económicos" que tiene la decisión adoptada en el seno del Consell

De hecho, como ha venido informado este diario, mientras los tribunales superiores de justicia de País Vasco y, más recientemente, el de Canarias, han tumbado los toques de queda que querían imponer sus respectivos gobiernos regionales, en la Comunidad Valenciana el órgano equivalente ha avalado las restricciones de la movilidad a partir de medianoche.

Los recursos planteados por los sectores económicos, han visto como se chocaban una y otra vez con los planteamientos del alto tribunal.

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