El pleno del Consell del próximo viernes tiene previsto aprobar el decreto para la movilización de las viviendas vacías de los grandes tenedores de vivienda de la Comunidad Valenciana, que son aquellas personas físicas o jurídicas propietarias de diez o más inmuebles deshabitados.
El decreto regula la obligación de comunicar el número de viviendas vacías de los grandes tenedores, mediante su inscripción en un registro. Así lo recoge Efe de fuentes de la vicepresidencia segunda y Conselleria de Vivienda. En este proyecto se incluyen medidas de fomento para facilitar la movilización de esos inmuebles y que pasen a estar ocupados.
De esta forma, la norma regulará el procedimiento para la declaración de vivienda deshabitada y las consecuencias de dicha declaración. Una vez esté así registrada, habrá un plazo de seis meses para movilizarla. La Conselleria espera que sea mediante contratos de compraventa, de alquiler o de cesión de uso.
En caso de no hacerlo así y de que la vivienda siga vacía, supondría un incumplimiento de la ley de Función social de la vivienda. Por eso avisan de que se establecerán multas mensuales, cuyo importe dependerá de la tipología del inmueble y de dónde esté ubicado.
El registro
Uno de los problemas que pretende solucionar este decreto es el de saber cuántas viviendas están deshabitadas. Por eso regulará su inscripción en un registro específico que permita establecer estadísticas exactas. Con ello esperan poder realizar un seguimiento y orientar el diseño de las políticas públicas en materia de vivienda.
Estos apartados implican un seguimiento para velar por su correcto cumplimiento. Esta actividad inspectora es uno de los últimos aspectos que se detallan en el decreto. En él se engloba el desarrollo reglamentario de la ley de la Función Social de la vivienda y es uno de los más importantes de la Conselleria de Vivienda de esta legislatura.
Como reconocían desde la Generalitat, se tenía pendiente este tras la aprobación del decreto ley sobre tanteo y retracto y del decreto sobre el registro de demandantes de vivienda que se aprobó en agosto y entrará en vigor en octubre.
¿Cuándo empieza?
Las mismas fuentes han explicado que algunas de las medidas de fomento para facilitar el cumplimiento de la función social mediante la efectiva ocupación de las viviendas deshabitadas pueden tener un margen de unos meses para su aplicación. Eso sí, remarcan que la comunicación al registro de viviendas deshabitadas entrará en vigor cuando se publique el decreto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Según la Conselleria de Vivienda, existe un decreto similar en Cataluña, si en lo que respecta a las medidas de fomento y a la capacidad de sanción y de multas es "el más novedoso de todo el Estado a nivel de competencia de comunidad autónoma". Los cálculos de este departamento de la Generalitat son que en lo que queda de legislatura se puedan movilizar entre diez mil y quince mil viviendas de grandes tenedores que en estos momentos están vacías.
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