Alicante

El Impuesto sobre Bienes e Inmuebles (IBI) es uno de los tres tipos de tributos que deberás pagar a Suma Gestión Tributaria antes del 8 de octubre de 2024 para evitar recargos. Y una de las dudas más comunes que suele hacerse la gente, es que se debe hacer cuando la dirección de una vivienda es incorrecta o aparece incompleto en el recibo de este impuesto.

Si eres nuevo con el tema de los impuestos, quizá te venga bien una explicación previa. El IBI es uno de los tres tributos locales que los ayuntamientos deben cobrar, y además se trata del que más ingresos genera a los municipios. Su función es la de gravar la propiedad de los conocidos como bienes inmuebles.

Los bienes inmuebles, también conocidos como bienes raíces son propiedades que no pueden moverse del lugar en el que están. En general, todos aquellos bienes que disponen de una escritura de propiedad. Entre ellos, destacan: tierras, locales, viviendas, plazas de garajes y trasteros. Tal y como describíamos anteriormente, el IBI se encuentra desde el 25 de julio, junto al Impuesto sobre Actividades Económicas y las Tasas Municipales, dentro de su periodo voluntario de pago

Tal y como describen desde Suma, el tema de una dirección incorrecta o incompleta es una de las dudas más recurrentes entre los contribuyentes, aunque también es fácil de solucionar. Lo primero que explican es que la dirección hace referencia a la casilla que identifican como 'Objeto Tributario'. "No es la información que consta en la dirección de envío".

Otro aspecto fundamental es que toda la información esté completa, como el tipo de vía, la calle, el número, así como el resto de elementos identificativos. En caso de que la información contenga algún error, hay que comunicarlo al Catastro.

El organismo de la Diputación de Alicante recuerda que Suma recibe la información del Catrasto cada año para la emisión de los recibos del IBI.  Por lo que, se encargan de la recaudación del impuesto, y no de realizar modificaciones en el objeto tributario, aunque sí puede recoger las solicitudes.

Por un lado, el contribuyente puede acudir al catastro para solicitar el cambio, a través de su Sede Electrónica con identificación digital o a través de  la Gerencia Territorial del Catastro de Alicante. En el caso de realizarlo por Suma, también se puede hacer a través de su Sede Electrónica o acudiendo en persona a cualquiera de las sedes que el organismo tiene en la provincia.

En el caso de realizar el trámite a través del Suma, el organismo se encarga de trasladar la documentación al catastro.

Recuerda que deberás llevar preparada toda la información necesaria. "Un cambio en la descripción de un bien inmueble requiere un escrito dirigido a la Gerencia del Catastro exponiendo la modificación a realizar en los datos de Objeto tributario del inmueble".

Uno de los documentos que necesitarás presentar es el título, que es la escritura o nota simple del Registro de la Propiedad, en el caso de que figure en estos documentos la dirección correcta. Si no es el caso, también te valdrá el certificado emitido por el Departamento de Censo y Estadística del Ayuntamiento al cual corresponde el inmueble, indicando la dirección correcta.

Ten en cuenta que el plazo de resolución de Catastro es de seis meses.

Sobre Suma

La Diputación de Alicante creó Suma Gestión Tributaria como un organismo autónomo en 1990. Su función es la de gestionar y recaudar los tributos municipales de los ayuntamientos de la Provincia de Alicante.

Integración, aumento, crecimiento e incorporación, son los conceptos que mejor definen al Suma. La entidad se define como la unión de muchas voluntades para mejorar entre todos el futuro de los ayuntamientos. Su lema: "Más servicio al contribuyente y más servicio al ayuntamiento"