En septiembre de 2015, poco después de llegar a la Alcaldía el socialista Gabriel Echávarri, derogó la ordenanza contra la mendicidad y la prostitución aprobada durante el mandato anterior. Desde entonces, la Policía Local de Alicante no ha tenido herramientas para luchar con las mafias que se benefician de este tipo de conductas delictivas.
Hoy, ha pasado por pleno una nueva ordenanza de "Convivencia cívica" con el aumento de inversiones sociales que pretente eliminar ese vacío normativo durante seis años, de la mano de PP y Cs y con el apoyo de Vox. Y la izquierda se ha posicionado contra la regulación, calificándola de "la ordenanza de la vergüenza". Los 16 votos de la derecha han sido suficientes para dotar a la ciudad de una nueva ordenanza.
Pero esto que en Alicante se está 'vendiendo' como la radicalización del equipo de Gobierno de Luis Barcala hacia la derecha, es lo normal en el resto de ciudades españolas. Incluso aquellas gobernadas por Compromís, como Valencia, o Podemos, en Barcelona.
Así se lo ha explicado el concejal de Seguridad, José Ramón González (PP), a la bancada de enfrente. Con datos sobre la mesa. La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, ha prometido varias veces revisar su normativa pero no lo ha hecho. Tampoco Ribó ha hecho nada.
Las otras ordenanzas
Los socialistas de Francisco Sanguino además de una enmienda a la totalidad que no procede en este momento, ha alegado en relación con el "ofrecimiento y demanda de servicios sexuales", que el fundamento de la regulación sea "luchar contra el sistema prostituyente, evitando actividades de explotación sexual que difundan una imagen del ser humano como mero objeto sexual".
En València donde Gobiernan Compromís y el PSPV-PSOE, la ordenanza que regula la prostitución tiene exactamente el mismo objeto que la alicantina: "Establecer una regulación sobre la ocupación del espacio público como consecuencia de las actividades de ofrecimiento y demanda de servicios sexuales”.
Los socialistas alicantinos quieren que la nueva ordenanza únicamente sancione a cliente, prostituidor, intermediario o proxeneta y nunca a la persona prostituida. Sin embargo, en la ordenanza vigente en València se sanciona como infracción grave "a quienes ofrezcan y/o acepten servicios sexuales retribuidos en espacio público, así como a quien realice servicios sexuales retribuidos en espacio público".
Ambas actuaciones conllevan una sanción de entre 301 a 1.000 euros, y siendo muy grave y sancionándose con multa entre 1.001 a 2.000€ si es a menos de 200 metros de un centro docente o educativo.
También Podemos
En las alegaciones presentadas por Unidas Podemos frente a la ordenanza de Alicante critican el término de "incívicos" y "buena convivencia ciudadana". En Barcelona, donde los podemitas gobiernan con Ada Colau, la ordenanza también utiliza el término "incívico": "con el fin de evitar todas las conductas que puedan perturbar la convivencia y minimizar los comportamientos incívicos que se puedan realizar en el espacio público"
Los podemitas reprochan que en la ordenanza aparecen conductas que afean directamente a las personas en situación de exclusión social tales como "dormir" u "orinar" en la vía pública. La ordenanza barcelonesa recoge explícitamente en su artículo 58.2 que no está permitido el uso impropio del espacio público tal como "dormir de día o de noche en estos espacios". También, el artículo 43.1 establece la prohibición de orinar en cualquier espacio público.
Así mismo, la nueva ordenanza alicantina regula las normas de conducta; pretenden que se elimine lo relativo a la prohibición de "aquellas conductas que, bajo apariencia de mendicidad o de manera organizada, representen actitudes coactivas o de acoso, u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de la ciudadanía por los espacios públicos". Lo que es totalmente idéntico a lo estipulado al respecto en el art. 35.1 de su ordenanza reguladora del Ayuntamiento de Barcelona.
En ambos caso, ambas regulaciones únicamente sancionan como infracción muy grave y multa de hasta 3.000 euros cuando la mendicidad se ejerza directa o indirectamente con acompañamiento de menores o de personas con diversidad funcional vid. artículo 36.4 de su ordenanza y art. 23.3 de la nuestra.
Prostitución
En lo relativo al ofrecimiento y demanda de servicios sexuales, Unidas Podemos solicita que se modifique el art. 25 de nuestra ordenanza para que no se tipifique como conducta prohibida el ofrecimiento y aceptación de servicios sexuales y que la sanción únicamente recaiga sobre la parte solicitante cuando se mantengan relaciones sexuales mediante retribución en el espacio público.
Sin embargo, si acudimos al art. 39.1 de la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona encontramos que no permiten, al igual que en Alicante, el ofrecer, aceptar o prestar servicios sexuales retribuidos en el espacio público.
De la misma manera, en su artículo 40.1 sanciona con multas de 100 hasta 750 euros a quienes ofrecen, aceptan o prestan servicios sexuales y en el punto 3 del mismo artículo, sanciona con multas de hasta 3.000 euros como infracción muy grave a aquellas personas, tanto solicitantes como oferentes, que mantengan relaciones sexuales retribuidas en espacios públicos.
De hecho, la ordenanza del Ayuntamiento de Barcelona es más estricta en cuanto a las sanciones impuestas ya que sancionan con hasta 3.000 euros la conducta descrita y nuestra ordenanza el máximo importe de sanción que recoge para todo lo relativo a las conductas descritas de ofrecimiento y demanda de servicios sexuales es de 1.500 euros. De hecho, el propio grupo municipal Unidas Podemos está solicitando que nuestra ordenanza sea más estricta y se apliquen multas de hasta 3.000 euros.