Un hombre y una mujer, residentes en Alicante, han sido condenados a dos años de prisión por un delito de abusos sexuales sobre la hija de la procesada, que en el momento en el se produjo el delito tenía 15 años, según una sentencia de la Audiencia Provincial.
El fallo, dictado por un tribunal de la Sección Décima, considera probado que los dos acusados concertaron varios encuentros en un parque público, en los que el hombre aprovechaba para besar a la menor y tocarle los genitales y los pechos. Todo "con el consentimiento y en presencia" de su madre, que acudía acompañada por su otra hija, también menor de edad, indica la resolución judicial.
Los hechos enjuiciados se produjeron entre los meses de septiembre y octubre de 2018, después de que los dos acusados, de 30 y 48 años, estableciesen una relación de amistad.
Problemas mentales
En el acto del juicio, ambos reconocieron la autoría de los hechos tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, después de que aplicase la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica para los dos procesados.
La acusación pública apuntó, en sus conclusiones definitivas, que el hombre estaba afectado "por un trastorno mental sin filiar, trastorno de conducta y de la personalidad", lo que suponía una afección parcial de su voluntad durante la comisión de los abusos. De igual modo, señaló que la mujer "presenta una inteligencia límite", lo que conlleva "una afectación parcial de las funciones intelectivas y volitivas".
Al margen de la pena privativa de libertad, el tribunal impone al procesado la medida de libertad vigilada por un plazo de cuatro años y la obligación de participar en programas formativos de educación sexual, así como de someterse a tratamiento médico externo con control periódico. Además, le prohíbe aproximarse a la menor objeto de los abusos a una distancia inferior de 500 metros por un tiempo de cinco años.
De igual modo, la sentencia concreta que la madre de la víctima también deberá cumplir la medida de libertad vigilada por cuatro años y la inhabilita para el ejercicio de la guarda y custodia de su hija por un plazo de dos años. Igualmente, los dos acusados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la menor con la cantidad de 5.000 euros.
No obstante, el tribunal acepta la petición de las defensas y acuerda dejar en suspenso la pena privativa de libertad por un plazo de dos años con la condición de que ninguno de los dos condenados vuelva a delinquir en ese tiempo.