Un hombre de nacionalidad colombiana que permanecía en situación irregular en el país ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a un total de cinco años de prisión por agredir sexualmente a una mujer después de acceder al domicilio de ella para robarle.
La agresión sexual se produjo después de que el acusado intimidase a la víctima amenazándola con matarla en el caso de que gritase para pedir auxilio.
Los hechos se produjeron en torno a las 8:00 horas del 23 de julio de 2022 en una vivienda situada en la avenida de Dénia de Alicante. La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Segunda, concreta que el encausado, de 24 años en el momento del suceso, accedió por una ventana a dicha vivienda de dos plantas con la intención de robar, en un momento en el que su propietaria se había ausentado.
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Así, comenzó a buscar dinero, joyas o elementos de valor hasta apropiarse de distintos efectos como un pin de oro, 20 monedas de 100 pesetas de plata, una colección de billetes de 100 pesetas, anillos y 300 euros en efectivos.
El ruido ocasionado en esa búsqueda despertó a una familiar de la propietaria, que se encontraba durmiendo en la planta superior y que sorprendió al procesado revolviendo entre el mobiliario. En ese momento, el acusado amenazó a la mujer diciéndole que en la planta inferior permanecía un grupo de 15 personas y que tenía orden de matarla si gritaba, según la sentencia.
Después, le preguntó en qué lugar de la casa guardaban objetos de oro y dinero, a lo que la mujer respondió que no había nada de valor. Entonces, según el fallo, el acusado le respondió que “si no había nada que llevarse”, le tendría que pagar de otra forma. En esta línea, llegó a asegurar que “el botín iba a ser ella”.
Tras abusar de ella, abandonó el domicilio, lo que propició que la mujer alertase a la Policía y que el acusado fuese detenido.
El encausado admitió los hechos en el inicio del juicio, celebrado el pasado 22 de noviembre, con lo que el tribunal considera probada la autoría de un primer delito de agresión sexual y otro de robo con violencia e intimidación en casa habitada. Además, del reconocimiento de los hechos, la sentencia añade que la comisión de esos delitos quedaría demostrada por el testimonio de la víctima y de la propietaria de la vivienda.
De este modo, impone al acusado una primera condena de tres años y tres meses por la agresión sexual, además de la medida de alejamiento a un mínimo de 600 metros respecto a la víctima por un tiempo de seis años, así como otros nueve años de libertad vigilada. Al tiempo, añade otra pena de un año y nueve meses de prisión por el delito de robo.
Todo ello después de aplicar la atenuante de intoxicación etílica y por consumo de drogas tóxicas, al creer demostrado que el acusado se encontraba en estado de embriaguez por el consumo de alcohol y drogas. Además, el tribunal aplica la atenuante de reparación del daño, toda vez que el encausado había depositado 4.000 euros para cubrir posibles responsabilidades civiles en concepto de reparación del daño.
Por último, la sentencia establece que, una vez cumplidos dos tercios del tiempo de duración de la condena, se concederá el régimen de tercer grado o la libertad condicional.
La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.